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El INTI acompaña en la ruta
Se acerca el período estival y se intensifican los controles. Una multa por exceso de velocidad realizada mediante cinemómetros o foto-radar debe tener validez y debe haber sido efectuada con un equipo verificado por el INTI. Los datos que deben consignarse en la boleta.
15.12.2013 10:25 |
Noticias DiaxDia |
Si se recibe una “foto-multa”, se puede verificar si el cinemómetro que la realizó está homologado por el INTI ingresando al listado de cinemómetros homologados.
Los cinemómetros, más conocidos como “radares”, son equipos que detectan automáticamente las infracciones por velocidad y generan una evidencia gráfica de las mismas.
Son pocos los casos que en las actas se consignan los números de certificados mencionados de aptitud técnica emitidos por el INTI, entonces surge la pregunta: ¿cómo saber si es válida?.
La respuesta debe buscarse ante todo en la propia multa, la cual debe contener los siguientes datos:
1. Fecha con día, mes y año; hora y minuto de la medición;
2. Velocidad medida del vehículo afectado, en km/h;
3. Ubicación geográfica del cinemómetro ( Ej: calle y numeración o intersección; o bien ruta, kilómetro y localidad);
4. Velocidad máxima autorizada en el lugar.
5. Datos del cinemómetro: marca, modelo o código de aprobación y número de serie.
Con el objetivo de otorgar confiabilidad a las multas fotográficas, el INTI verifica los cinemómetros con el fin de que la infracción sea correctamente asignada, que el registro gráfico correspondiente sea seguro desde el punto de vista informático, y que estos atributos se mantengan en el tiempo ya que los aparatos son sometidos a verificaciones tanto programadas como sorpresivas para detectar eventuales maniobras fraudulentas.