El Gobierno oficializó, por resolución publicada en el Boletín Oficial, la obligación de facturar por segundo las llamadas de la telefonía móvil.
Por resolución 26/2013 publicada en el Boletín oficial, la Secretaría de Comunicaciones, otorga a las empresas 15 días corridos para que implementen la facturación por segundo para los nuevos clientes y 60 días corridos para los que ya son usuarios.
La norma comprende que "los avances tecnológicos implementados en la red de telefonía móvil permiten en la actualidad realizar la tasación de las comunicaciones móviles por segundo, prueba de ello es que las licenciatarias ya cuentan con planes al público con esa modalidad de tasación".
Además remarca en los considerandos que el propósito de la medida es salvaguardar los derechos de los usuarios y consumidores.
También menciona que Chile, Brasil, Costa Rica, Venezuela, México, Estados Unidos y España, entre otros países, ya determinaron "que la unidad de tasación sea el segundo".
A su vez deja claro que la facturación por segundo correrá para los servicios de telefonía móvil STM, SRS y PCS; "del servicio radioeléctrico de concentración de enlaces (SRCE), así como también cualquier otro servicio inalámbrico de comunicaciones móviles que mediante el empleo de tecnología de acceso digital posibilite las comunicaciones"