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La Inspección General de Justicia desmintió una nota del diario La Nación

 El Ministerio de Justicia emitió un comunicado desmintiendo el contenido de una nota publicada por el Diario La Nación, por considerar que exhibe "falta de rigor periodístico y mala fe". El comunicado.
 

20.12.2013 06:53 |  Noticias DiaxDia  | 

Este es el texto del comunicado del ministerio de Justicia:
A raíz de la nota periodística aparecida en el diario La Nación del día de la fecha -19 de diciembre de 2013- de autoría del señor Hugo Alconada Mon, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación se ve obligado a  desmentir enfáticamente su contenido, y a destacar, una vez más, la falta de rigor periodístico y la mala fe en el accionar de los nombrados.
 
El 15 de julio de 2010 el entonces Inspector General de Justicia, Dr. Marcelo Mamberti, mediante Resolución General 1/ 2010, estableció la obligación para la sociedades comerciales, sociedades extranjeras y asociaciones civiles y fundaciones, de presentar declaración jurada de actualización de datos.
 
Los fundamentos de la resolución tienen vinculación con la gran cantidad de entidades que, si bien inscriptas y/o autorizadas para funcionar, no desarrollan actividad habitual, incumpliendo con las presentaciones ante la Inspección General de Justicia (IGJ) que la normativa de fondo les exige, razón por la cual, en el marco de las competencias de fiscalización del organismo, se ordenó el mentado proceso de re empadronamiento de entidades.
 
La declaración jurada debe detallar la sede social, las autoridades vigentes y, en caso de que correspondiese, el último estado contable presentado ante el organismo y la última tasa abonada. La propia resolución estableció que de detectarse falsedades entre los datos contenidos en la declaración jurada y los efectivamente inscriptos en la IGJ, corresponde aplicar sanción de multa y en tal caso intimar al cumplimiento de las presentaciones pendientes.
 
Se estableció un plazo para la presentación de la declaración jurada de 60 días corridos, que en el caso de las sociedades comerciales comenzó a correr, según los dispuso la propia resolución, el día 4 de octubre de 2010.
 
Mediante Resolución General 5/2010, también suscripta por  el Dr. Mamberti,  se prorrogó hasta el 29 de abril de 2011 el plazo para la presentación de declaraciones juradas para las sociedades comerciales.  Posteriormente, la Resolución General 1/2011, también en la gestión del Dr. Mamberti,  prorrogó ese plazo hasta el 29 de julio de 2011.
 
En la actualidad las sociedades comerciales activas, que ascienden a un total de 149.000,  continúan presentando declaraciones juradas. A la fecha la IGJ ha recibido 75.247, de las cuales han sido analizadas por las áreas técnicas del organismo 71.172 declaraciones.
 
Cabe destacar que el proceso de análisis de las declaraciones juradas, y su correspondiente intimación en caso de que correspondiese, comenzó a realizarse en el mes de junio de 2012, por expresas instrucciones de quien se desempeñaba como Inspector General de Justicia en ese momento,  Dr. Norberto Berner.
 
De dicho universo, desde el mes de agosto de 2012 a octubre de 2013, se cursó intimación por carta documento a 13.476 sociedades comerciales, a efectos que den cumplimiento ante el organismo con las presentaciones pendientes.
 
En el caso puntual de la sociedad Hotesur S.A., mencionada en la nota periodística del diario La Nación, la entidad presentó la declaración jurada el día 27 de abril de 2012, siendo intimada el día 17 de abril de 2013 mediante carta documento, a la presentación de los estados contables, el pago de las tasas adeudadas, y a inscribir las autoridades vigentes.
 
Actualmente el trámite correspondiente a Hotesur S.A. se encuentra bajo análisis del Departamento de Fiscalización de Sociedades Comerciales, a efectos de establecer si ha dado debido cumplimiento a la intimación referida. En igual situación se encuentran más de 12. 000 sociedades.
 
La referencia de Alconada Mon  a que los directores de Hotesur S.A. incumplen la normativa contra el lavado de activos que dictó la IGJ, configura otro dato adulterado de la nota, toda vez que la Resolución General 2/2012 (modificada luego por la Resolución General 16/2012), que obliga a las autoridades de las sociedades comerciales a presentar la declaración jurada de Persona Políticamente Expuesta (PEP), entró en vigencia el 1 de marzo de 2012 y sólo resulta exigible para las inscripciones de autoridades que ingresen al organismo con posterioridad a esa fecha.
 
Por lo tanto, el trámite interno que siguió a la presentación de la declaración jurada de Hotesur S.A. es exactamente igual a las presentaciones de todas las sociedades que cumplieron con la Resolución General 1/2010. Es decir, resulta manifiestamente falso el supuesto "cajoneo" al que alude con absoluta irresponsabilidad el señor Alconada Mon.
 
Finalmente, corresponde señalar que esta nueva maniobra de desprestigio de un organismo que acaba de cumplir 120 años de vida, se inscribe en el marco de un proceso sistemático que llevan adelante el diario La Nación y el referido periodista, con numerosas notas plagadas de datos falsos que a esta altura no puede sino considerarse como maniobras agraviantes y desestabilizadoras en perjuicio del Estado Nacional y sus instituciones.
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