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La AFIP reintegró un patrimonio cultural al Perú

 La AFIP reintegró al Perú una colección de monedas acuñadas en distintas ciudades hispanoamericanas entre 1575 y 1652 que un ciudadano de ese país intentó pasar de contrabando en el aeropuerto de Ezeiza. Se trata de una colección de "Macuquinas" que forma parte del patrimonio cultural del Perú.
 

26.02.2014 03:08 |  Noticias DiaxDia  | 

En un comunicado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio cuenta que la embajada bajada del Perú agradeció al organismo el decomiso de una colección de “Macuquinas” -monedas acuñadas en distintas ciudades hispanoamericanas entre 1575 y 1652- que un ciudadano peruano procedente de Santiago de Chile intentó contrabandear en el aeropuerto de Ezeiza.
El hallazgo se produjo en octubre de 2013 durante controles de rutina. A partir de entonces se realizó un extenso trabajo interdisciplinario. Primero con la delegación local de Interpol para descartar que fueran objetos de robo. Luego con el Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano (INAPL), que confirmó que las monedas son un “material de interés arqueológico”. Además AFIP informó a la Embajada del Perú, ya que la carga pertenecería al Patrimonio Cultural de esa República.
El resultado del hallazgo y el trabajo posterior significó que el embajador del Perú en la Argentina, José Luis Sánchez-Cerro, agradeció al organismo las acciones que permitieron el resguardo para la preservación y defensa del patrimonio peruano. Las monedas serán repatriadas con los recaudos y bajo los procedimientos de rigor, en el marco del convenio bilateral celebrado entre ambas naciones.
La "Convención sobre las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, la exportación y la transferencia de propiedad ilícitas de bienes Culturales", aprobada en 1970 en París por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), dispone que el ingreso a la Argentina de este tipo de mercaderías sin la debida autorización previa emitida por el Estado de la cual provienen, tipifica como un hecho ilícito cuya sanción se encuentra prevista en el Código Aduanero.
Para estos casos, la Ley 25.568, que aprueba la “Convención sobre Defensa del Patrimonio Arqueológico, Histórico y Artístico de las naciones Americanas”, prevé entre otras medidas de acción frente al saqueo y despojo que han sufrido los países del continente, principalmente los latinoamericanos, en sus patrimonios culturales autóctonos, el mecanismo para la restitución del material secuestrado al Estado con derechos sobre el mismo.
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