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La ANAC postergó por un año norma para aviones fumigadores
La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) dio un plazo de un año para que los que explotan el trabajo agroaéreo cuenten con la cobertura de seguro por daños específicos, al hacer lugar un pedido que en tal sentido elevó la Federación Argentina de Cámaras Agroaéreas.
15.04.2014 03:26 |
Noticias DiaxDia |
El Administrador Nacional de Aviación Civil (ANAC) Alejandro Granados, postergó por un año la obligación de los aviones fumigadores de contar con una cobertura de seguro por daños ocasionados por la deriva del producto fumigado.
El plazo de un año rige a partir de la entra en vigencia de la resolución 201/14 de la ANAC, que se publica n el Boletín Oficial, y que modifica el artículo 4 de la resolución 8/13.
El pasado 16 de enero, la Federación Argentina de Cámaras Agroaéreas (FEARCA) expuso las dificultades actuales para los explotadores de trabajo agroaéreo para contar con esa cobertura de seguro por daños específicos, consigna en sus considerandos.
No obstante, la norma encomendó a la Dirección Nacional de Seguridad Operacional y a la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa continuar las gestiones ante la Superintendencia de Seguros de la Nación para que, concluida la prórroga, "todos los explotadores de aeronaves de trabajos agroaéreos tengan cobertura de seguro por daños ocasionados por la deriva del producto fumigado.