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Sesión - Los estacionamientos deberán responsabilizarse por daños o hurtos de los vehículos durante su estadía
20.06.2014 12:00 |
Noticias DiaxDia |
Se aprobó una ley que prohíbe a los titulares de las playas de estacionamiento vehicular de carácter público o privado existentes en la Ciudad de Buenos Aires, sean gratuitas o tarifadas, la publicación en carteles, tickets o cualquier otro documento similar entregado por el establecimiento de la leyenda “La empresa no se responsabiliza por los daños, robos o hurtos que pudieran sufrir los vehículos” o frases similares, que tiendan a evadir la responsabilidad de la empresa. En el caso de que ya lo tuvieren, deberán retirar toda cartelera exhibida o dejar de emitir tickets o documento similar que presente el contenido previsto. Estas leyendas se considerarán cláusula ineficaz en los términos del artículo 37 de la Ley Nacional Nº 24.240.
El expediente de la diputada (M.C.) María América González obtuvo despacho favorable de la comisión de Defensa de los Consumidores y Usuarios, y fue aprobado con 56 votos positivos. Entre los fundamentos, los diputados planteaban el objetivo de "controlar la evasión de responsabilidad a la que se encuentran sometidos a diario numerosos usuarios del servicio de estacionamiento" y agregaban que "la publicación de dichos carteles es un mensaje desalentador hacia el usuario del servicio, desechando la posibilidad de reclamar, porque lo determina expresamente la empresa"
Por otro lado, la autora también refería que los usuarios sufren en ocasiones "desde la situación más extrema, el robo del automotor, hasta cerraduras forzadas o rotas, extracción del estéreo, ralladura de pintura y falta de pertenencias personales en el interior". Y dijo que "algunos ciudadanos sostienen que existe una relación contractual entre el proveedor y el cliente, por la cual este último paga un dinero y como contraprestación el titular del estacionamiento tiene obligación de entregar el vehículo al cliente en las mismas condiciones que lo recibió".