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Sesión -Cambian ley sobre exhibición de precios en combustibles
La legislación de la Ciudad de Buenos Aires se adaptó a la normativa nacional que ya no exige informar si tienen o no plomo las naftas porque fue prohibido el agregado de ese elemento.
04.07.2014 11:42 |
Noticias DiaxDia |
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó una norma que modifica el artículo 19 de la Ley Nº 4827 que tiene por objeto regular la exhibición y publicidad voluntaria de precios en lo vinculado con las naftas.
El artículo en cuestión establece que "los surtidores de naftas de todas las bocas de expendio que operan en la Ciudad, deben tener en forma bien visible una leyenda con la indicación de número de octanos del combustible que se expenda" y agrega que "la presentación de dichas leyendas no deberá inducir a error, engaño o confusión al consumidor respecto de la naturaleza, propiedades, características y precio del combustible ofertado".
A través de la modificación aprobada le fue quitada la parte en la que se determinaba que además "debía incluir la leyenda: "Producto con plomo" o "Producto sin plomo", según corresponda, de acuerdo con la Resolución Nacional N° 54/96 de la ex-Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Nación", debido a que se dejó sin efecto esa resolución desde que fueron prohibidas a nivel nacional las naftas con plomo.
El expediente que había sido presentado por el diputado Helio Rebot (PRO) y despachado favorablemente por la Comisión de Defensa de los Consumidores y Usuarios que preside el legislador Edgardo Form (NE), resultó aprobado por 47 votos positivos.