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Nueva Ley de Adopción: Diputados del Frente Amplio UNEN presentaron un Proyecto

Junto a la diputada nacional Carla Carrizo (SUMA) el representante de San Luis en la Cámara Baja Jose Riccardo (UCR) firmó un Proyecto Ley sobre Reforma al Régimen de Adopción.

15.09.2014 09:41 |  Noticias DiaxDia  | 

El objetivo de este Proyecto es complementar y ampliar el consenso obtenido por el dictamen de mayoría que produjo la Comisión Bicameral que analizó durante los años legislativos de 2012 y 2013 la propuesta enviada al Congreso por el Poder Ejecutivo Nacional sobre la reforma y unificación del nuevo Código Civil y Comercial, en particular en los artículos referidos al régimen de adopción vigente en Argentina -Título IV- y que obtuviera media sanción en el Senado de la Nación en la sesión del 26 de Noviembre de 2013.
El proyecto inicia, al igual que el dictamen de mayoría, con la modificación del artículo 307 referido a las causas que privan a los progenitores biológicos de la patria potestad “En este artículo, nos parece que la expresión “total desprotección” de la versión original del inciso (b) vinculado a la configuración de situaciones de abandono al ser un concepto absoluto, y por lo tanto de mayor dificultad probatoria, debilita la tutela de los derechos consagrados en la ley 26.061. Así la supresión el término total redunda en una mayor protección de los derechos del niño al facilitar la acreditación de la situación de abandono” asevera el Proyecto en sus fundamentos.
El proyecto ofrece, a diferencia del aprobado con media sanción en el Senado y del resto de los proyectos presentados con estado parlamentario en la Cámara de Diputados, una conceptualización más abarcativa de la adopción.
En efecto, en todos los proyectos el instituto de adopción se presenta y, por lo tanto, se define de modo cuasi hegemónico sólo como una política pública “que tiene por objeto proteger el derecho de niños, niñas y adolescentes a vivir y desarrollarse en una familia que le procure los cuidados tendientes a satisfacer sus necesidades (…), cuando éstos no le pueden ser proporcionados por su familia de origen”.
Si bien este derecho es una de las dimensiones dentro del concepto de adopción, no es la única. Entendemos que la conceptualización de la adopción debe reflejar todas las dimensiones sociales que la institución que se crea en verdad implica.
Es decir la adopción tiene ese objetivo principal en el caso de niño, niñas y adolescentes –proteger sus derechos cuando éstos no le puedan ser proporcionados por su familia de origen- porque constituye una comunidad –vínculo, unidad- afectiva no sustentada en la progenitura biológica.


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