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La Alameda - La ley de trata no está reglamentada
Expresan en un comunicado: “Hace 22 meses que la presidenta no reglamenta la reforma a la Ley de Trata. Esto impide a las ong’s, a la Corte Suprema, la Procuración Nacional, el Congreso Nacional y las provincias integrar el Consejo Federal que debe determinar la políticas públicas contra este flagelo que victimiza a 500 mil personas en la Argentina.
24.09.2014 07:48 |
Noticias DiaxDia |
La Alameda tomó dos medidas concretas. Por un lado presentar a través de su titular, el legislador Gustavo Vera, un proyecto de declaración que fue votado el 3 de julio por 40 legisladores que expresa la “profunda preocupación ante la falta de reglamentación de la Ley N° 26.842 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas (Modificatoria de la Ley N°26.364), ya que obstaculiza su efectiva aplicación, y reclama que el Poder Ejecutivo Nacional tome las medidas necesarias para subsanar esta situación“, añade el texto convertido en ley por 40 legisladores porteños.
Y por otro lado, la Alameda presentó el lunes 17 de marzo un amparo contra el Poder Ejecutivo Nacional, a cargo de Cristina Fernández de Kirchner, ya que la falta de reglamentación de la ley 26.842 (Ley de Trata) impide que las ong’s integren el Consejo Federal para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas contemplado en el artículo 7 de la referida ley y poder así participar en el diseño de las políticas públicas contra este flagelo que en la Argentina victimiza a medio millón de personas. Asimismo por no reglamentar la ley quedan fuera del Consejo Federal los representantes por Diputados y Senadores Nacionales, por la Corte Suprema, por el Ministerio Público Fiscal, por las provincias y CABA.
El amparo recayó en el Juzgado Federal Contencioso Administrativo Nº 9, a cargo de Pablo Gabriel Cayssials, bajo el expediente Nº 5884/2014.
La ley prevé la autarquía del organismo para garantizar en mejor medida la posibilidad de diseñar políticas de largo y profundo aliento.
Además el Consejo Federal debe designar un coordinador a través del voto de las dos terceras partes de sus miembros, en los términos que establezca la reglamentación. Pero como se afirma en la ley se debe esperar la reglamentación pertinente para poner en marcha este organismo. También depende de la reglamentación la participación de las organizaciones no gubernamentales (art. 8 de la referida ley)
De ahí que el amparo solicite la inmediata suspensión de toda actividad de la ex diputada nacional Cecilia Merchán (ex Libres del Sur), a cargo del Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas, por ser manifiestamente ilegal en razón de contradecir las disposiciones de la ley 26.842.
Fue el anterior Jefe de Gabinete de Ministros, Juan Manuel Abal Medina, quien nombró el 2 de septiembre de 2013 como directora a Cecilia Merchán quien manifestó que avanzarán en la elaboración del PROGRAMA NACIONAL obviando que la ley 26.842 prevé que sea el CONSEJO FEDERAL quien dé los lineamientos para este PROGRAMA NACIONAL y no que el programa se elabore de manera inconsulta solamente por parte de cuatro Ministerios del Poder Ejecutivo Nacional.
Al no ponerse en marcha el Consejo Federal es que Cecilia Merchán avala en forma discrecional, sin política consensuada, en pocas palabras “fuera de la ley” al Comité contra la Trata.”
HISTORIA DE LA LEY
La reformar a la ley de Trata se logró por una fuerte movilización popular consecuencia de la indignación generada por la absolución dictada por un tribunal oral tucumano contra los autores de la desaparición forzada de Marita Verón, la que había sido víctima de una poderosa red de trata de personas con fuertes vínculos con las fuerzas de seguridad y el poder político. La ley reformar a la ley del 2008 fue sancionada el 19 de diciembre del 2012 y promulgada el 26 de diciembre de 2012 mediante decreto 2571/2012.
Esta ley procura remediar las falencias de la ley 26.364 que la habían tornado inocua y con consecuencias inicuas. Para ello crea una serie de organismos que para ser puestos en funcionamiento demandan la consiguiente reglamentación por parte del Poder Ejecutivo Nacional.
OMISIÓN DE CFK
Sin reglamentación miles y miles de casos de trata de personas pueden ser favorecidos o pasarse por alto o ser interpretados como meras infracciones administrativas a la legislación del trabajo o a las normas de moralidad e higiene municipales a raíz de una errónea política criminal. Desde esta óptica, desde comprender que cada tema, cada situación debe ser considerada de modo integral, sostenemos la necesidad del Consejo Federal para la Lucha contra la Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas” y también un “Programa Nacional” en igual sentido que tiendan a subsanar aquello que los programas y ámbitos institucionales vigentes a tal efecto no han logrado, para ello debe estar vigente la ley aprobada y para ello es necesaria su reglamentación.”
Agregan: “Esta omisión en la reglamentación es la que posibilita la continuidad de un statu quo propicio a la vulneración de los derechos de miles de víctimas y no permite la implementación de planes federales que podrían evitar o disminuir la comisión del delito de trata de personas o de formas tradicionales y naturalizadas de explotación (verbigracia, el trabajo infantil peligroso, la explotación del trabajo no remunerado de las familias de los trabajadores rurales, la prostitución reglamentada municipalmente en violación a las disposiciones del art. 15 de la ley 12.331 y del art. 6 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer).”