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Hernán Rossi - Pedido de informes sobre plazas inclusivas

07.10.2014 08:09 |  Noticias DiaxDia  | 

El Diputado porteño, Presidente del Bloque Suma+(UNEN) expresó: “La ley 2219 con su reforma, ley 4596 establece exigencias en materia de juegos infantiles para niños y niñas con necesidades especiales en las plazas de la ciudad. El jueves la Legislatura aprobó mi pedido de informes al PE sobre su efectiva implementación.”.
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo de la Ciudad informará, a través de los organismos correspondientes, dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos relacionados a la implementación de la Ley Nº 2219, sancionada el 07/12/2006, promulgación del decreto Nº 132/007 del 18/01/2007, publicada en el BOCBA Nº 2613 del 26/01/2007, con su reforma Ley Nº 4596, sancionada el 27/06/2013, promulgación de hecho el 22/07/2013, publicada en el BOCBA Nº 4214 del 13/08/2013 .
A- Nómina de plazas y parques públicos que cuenten con juegos infantiles.
B- Nómina de plazas y parques públicos que tienen juegos adaptados a niños con necesidades especiales.
B- Qué partidas presupuestarias están destinadas a este proyecto.
C- En qué fecha, el Ministerio de Espacio Público, envió los informes conforme el art. 4 de la ley 2219/2006. Adjuntar informes.
D- En el caso de que no se haya enviado ningún informe explicar por qué no se ha hecho.
E- Explicar por qué no se ha cumplido con el art. 3 de la presente ley.
FUNDAMENTOS
Señora Presidenta.
En la “Convención sobre los derechos del niño”, (Art. 75 de la Constitución de la Nación Argentina, Ley Nº 23.849) Art. 31 Punto 1º dice: “Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al descanso y al esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar en la vida cultural y en las artes”. En el Punto 2º dice “Los Estados Partes respetarán y promoverán el derecho del niño a participar plenamente en la vida cultural y artística, y propiciarán oportunidades apropiadas, en condiciones de igualdad, de participar en la vida cultural, artística, recreativa y de esparcimiento”.
En el Art. 23, Punto 1º dice: “Los Estados Partes reconocen que el niño mental o físicamente impedido deberá disfrutar de una vida plena y decente en condiciones que aseguren su dignidad, le permitan llegar a bastarse a sí mismo y faciliten la participación activa del niño en la comunidad”. Respectivamente, en el Punto 3º dice: “…estará destinada a asegurar que el niño impedido tenga un acceso efectivo a la educación, la capacitación, los servicios sanitarios, los servicios de rehabilitación, la preparación para el empleo y las oportunidades de esparcimiento y reciba tales servicios con el objeto de que el niño logre la integración social y el desarrollo individual, incluido su desarrollo cultural y espiritual, en la máxima medida posible.”
Siguiendo con la normativa, la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, en el capítulo decimotercero, bajo el título de “Personas con necesidades especiales”, artículo 42 expresa: ” La Ciudad garantiza a las personas con necesidades especiales el derecho a su plena integración, a la información y a la equiparación de oportunidades.
Ejecuta políticas de promoción y protección integral, tendientes a la prevención, rehabilitación, capacitación, educación e inserción social y laboral.
Prevé el desarrollo de un hábitat libre de barreras naturales, culturales, lingüísticas, comunicacionales, sociales, educacionales, arquitectónicas, urbanísticas, del transporte y de cualquier otro tipo, y la eliminación de las existentes.”
Entendemos que debemos priorizar la integración de los chicos en todos sus aspectos, sean educativos como así también recreativos, dado que es indispensable para el desarrollo de su futuro.
La concurrencia de los niños con necesidades especiales a las plazas y parques públicos, genera diversión y distracción en ellos. Pero si no están los medios necesarios para que puedan cumplir con su divertimento, no podemos decir que todos los chicos estén en igual de condiciones.
Además, sabemos que la interacción entre todos los niños, fortalece el lazo de la no discriminación y la integración.


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