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Espectáculos: sancionarán la reventa y la venta de entradas no autorizada

27.11.2014 06:28 |  Noticias DiaxDia  | 

El proyecto de ley pretende que estas conductas sean un delito contravencional, autónomo, cuyas penas sean acordes a las causas y consecuencias que genera y, por ende, eliminarla como falta en el sistema legal. Por otra parte, recibirá aprobación definitiva el traslado de familias de la Villa 21-24. La Sesión Ordinaria fue citada para este jueves a las 11 horas.
La Legislatura porteña considerará sobre tablas un proyecto de ley que postula sancionar la reventa de entradas para espectáculos masivos, artísticos o deportivos, con multas que van desde $ 2.000 a 20 días de arresto y la misma pena para quienes la vendan no sean los responsables de la organización. Y cuando las conductas sean cometidas por los organizadores lasd sanciones serán de entre $ 10.000 y 30 día de arresto.
Por otra parte, si la realización de estas conductas produjere alteraciones al arden público, la escala de la sanción se elevaría al doble e igual incremento de pena correspondería cuando el interviniente se dedicare con habitualidad a estas actividades.
El proyecto de ley presentado en forma particular por el presidente del Club Atlético Boca Juniors, Daniel Angelici, propone que el que venda, reserve u oculte localidades en espectáculos públicos en infracción a las normas que reglamenten la actividad sería sancionado con multa de 25 a 2500 unidades fijas y/o decomiso de las entradas. La iniciativa pretende sustituir el artículo 91 del Título IV, Capítulo III del Anexo de la Ley N° 1.472 referido a la reventa y el artículo 5.1.7 del Anexo I de la Ley N° 451, respecto a las maniobras con entradas.
Actualmente, el Código Contravencional no preve la reventa de entradas como un delito en sí mismo, sino que lo hace en los casos en que se produzcan aglomeraciones, desórdenes o incidentes como consecuencia. Tampoco considera los casos de venta de entradas no autorizada en función de ser de cortesia o protocolo. Sin embargo, la reventa está incorporada dentro del Código de Faltas en el artículo 5.1.7, dentro del acápite "Maniobras con entradas" que incluye vender, ocultar o reservar.
Entre los fundamentos Angelici afirma que con "Rodolfo D Onofrio, Presidente del Club Atlético River Plate; Matias Lammens, Presidente del Club Atlético San Lorenzo de Almagro; Miguel Calello, Presidente del Club Atlético Vélez Sarsfield; Alejandro Nadur, Presidente del Club Atlético Huracán; Daniel Barraza, Presidente del Club Atlético All Boys, como representantes de clubes de fútbol de la Ciudad y con el acompañamiento de la Asociaci6n del Fútbol Argentino (AFA) a través de su Presidente Luis Segura, nos propusimos buscar alternativas para ofrecer una respuesta institucional a esta problemática que se repite en el tiempo y ya está instalada en nuestra sociedad".
"Entendemos que es importante incorporar en la graduación de la pena que corresponde para estas conductas la responsabilidad que tiene el autor o quien participa de ella. Entonces, no sólo sancionar a quienes ejecutan la operación, sino también responsabilizar a los organizadores, en los casos en que haya connivencia o participación de ellas. Y también, penar dos situaciones adicionales, si la conducta es repetida por la misma persona habitualmente y si genera violencia y pone, además, en riesgo físico a la gente", se afirma.
Y finalizan diciendo: "Sabemos que nos enfrentamos a un problema difícil en el que los derechos de todos los que vienen a la Ciudad de Buenos Aires a ver un espectáculo, se encuentran vulnerados. Nuestro compromiso como representantes de clubes de fútbol es generar conciencia para que la gente no compre las entradas por vías no autorizadas y sancionar a quienes las venden o revenden, para poder ofrecer garantías y volver a disfrutar plenamente del deporte y la cultura".


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