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Proyecto de ley - Ascensores: Obligatoriedad de contar con sistemas braille y parlante

La Diputada nacional, Elia Nelly Lagoria de la provincia de Chubut, perteneciente al Bloque Trabajo y Dignidad presentó este proyecto de ley en la Cámara baja.

30.12.2014 07:27 |  Noticias DiaxDia  | 

ARTICULO 1°: Todos los ascensores a instalarse en edificios públicos en el ámbito del Territorio Nacional deberán contar en los tableros de señalización correspondientes a sus comandos, desde Planta Baja hasta el piso que correspondiera, con sus equivalentes respectivos en Sistema Braille y Sistema Parlante.
ARTICULO 2°: Todos los ascensores existentes en edificios públicos en el ámbito del Territorio Nacional deberán adecuarse, en el plazo de un año a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, para poder ser utilizados por personas no videntes mediante su equivalente respectivo en Sistema Braille y Sistema Parlante.
ARTICULO 3°: Los edificios privados que se construyan a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, sean con destino de viviendas o de oficinas, deberán también poseer ascensores con su equivalente en sistema Braille y Parlante en sus comandos, siempre que superen la cantidad de Unidades Funcionales que establezca la Reglamentación.
ARTICULO 4°: El incumplimiento de la presente ley será sancionada con una multa establecida por el Poder Ejecutivo.

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