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Aumentan las exigencias para casas y agencias de cambio

El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) resolvió adecuar las exigencias de capitales mínimos para casas y agencias de cambio, así como el importe de la garantía que deben constituir. La Categoría I pasará de 2,9 millones de pesos a 12 millones de pesos.

19.09.2015 03:27 |  Noticias DiaxDia  | 

El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) infomró que resolvió adecuar las exigencias de capitales mínimos para casas y agencias de cambio, así como el importe de la garantía que deben constituir.
La adecuación varía según la categoría de las casas y agencias de cambio, establecidas de la uno a la cuatro. Así, por ejemplo, en la Categoría I, la de mayor requerimiento, que incluye a las entidades que operan en la Ciudad de Buenos Aires, Gran Buenos Aires, Gran Córdoba, Gran Mendoza, Gran Rosario, Posadas, Iguazú, Paso de los Libres y Santo Tomé, la exigencia de capital mínimo será de 12 millones de pesos, la quehasta el momento era de 2,9 millones de pesos.
La entidad explicó que los importes actualmente vigentes no se actualizaban desde el año 2002. Los nuevos requisitos de capitales mínimos serán exigibles a partir del 1º enero de 2016. La actualización de las exigencias de capitales mínimos por parte de los reguladores financieros es una tendencia global desde el año 2008 orientada a fortalecer el sistema financiero.
El incumplimiento de esta exigencia dará lugar a la suspensión de la entidad por 60 días corridos(prorrogables por 30 díasmás por razones fundadas, a satisfacción de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias), y al inicio del proceso de revocación de la autorización para funcionar en caso de persistir la insuficiencia de capital mínimo, a partir de cuyo comienzo cual no se admitirá la regularización del incumplimiento.
También se modificó el importe de la garantía que deben constituir las casas, agencias y oficinas de cambio. El monto mencionado, que actualmente es de 100.000 pesos, se incrementará a 500.000 pesos. Las garantías deberán constituirse en títulos públicos nacionales o instrumentos de regulación monetaria del BCRA.
"En el caso de los corredores de cambio -que no tienen exigencia de capital mínimo- dicha garantía, actualmente de 10.000 pesos, será de 500.000 pesos o 1.000.000 de pesos, según se trate de personas humanas o jurídicas", indicó el Banco Central en un comunicado.
Las nuevas exigencias en materia de garantías entrarán en vigor dentro de 90 días corridos.

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