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Solicitan a la CIDH que la designación de jueces/zas garantice la participación igualitaria de las mujeres

21.01.2016 10:00 |  Noticias DiaxDia  | 

 La Asociación por los Derechos Civiles (ADC), el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), la Fundación Directorio Legislativo (FDL) y la Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer  (FEIM) presentaron ante la CIDH un documento expresando su profunda preocupación por los procesos de designación que se están llevando a cabo para cubrir las vacantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Las organizaciones firmantes consideran que estos mecanismos afectan, por un lado, la garantía de independencia judicial y, por el otro, violan los derechos de las mujeres de acceder a los cargos públicos en condiciones generales de igualdad. 

El pasado 14 de diciembre, el Poder Ejecutivo nacional, por medio del Decreto 83/2015, designó en comisión a dos abogados para cubrir los cargos de jueces de la Corte Suprema. Este procedimiento de designación tiene su base en el artículo 99.19 de la Constitución Nacional según el cual: “[El Presidente de la Nación] [puede llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura”. De este modo, el artículo 99.19 regula un mecanismo de designación excepcional. 

Las organizaciones destacaron que una interpretación del artículo 99. 19 de la CN que sea compatible con los tratados de derechos humanos incorporados a la Constitución, debe llevar a concluir que solo ante la imposibilidad de que el Senado de la Nación pueda reunirse y ante la imperiosa necesidad de llenar una vacante en la Corte, puede justificarse nombramientos en comisión en dicho cuerpo. Y concluyeron que ninguno de esos requisitos parece estar cumplidos en este caso.

Asimismo, las organizaciones sostuvieron las designaciones no contribuyen a lograr una mayor equidad en la composición del máximo tribunal del país, en línea con objetivos planteados a nivel internacional, regional y local. Así, la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece el derecho a acceder a un cargo público en condiciones de igualdad y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sostuvo que: “…los Estados deben evaluar la estructura y la composición del poder judicial para garantizar una adecuada representación de la mujer y crear las condiciones necesarias para la consecución de la igualdad de género dentro del propio poder”. 

Por su parte, el Decreto 222/03 dispuso que “…al momento de la consideración de cada propuesta, se tenga presente, en la medida de lo posible, la composición general de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para posibilitar que la inclusión de nuevos miembros permita reflejar las diversidades de género…”. 

En la actualidad, la Corte Suprema de Justicia de la Nación está integrada por dos varones (Lorenzetti y Maqueda) y una mujer (Highton de Nolasco). Por lo tanto, con la formalización de las designaciones de los candidatos propuestos, el máximo tribunal quedará compuesto por cuatro varones y solo una mujer, es decir, 80% de los cargos estarán destinados a jueces. Por todo eso, las organizaciones destacaron que es imprescindible que, al menos, una de las dos vacantes sea cubierta por una mujer.

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