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Gabriela Burgos -Ley Nacional de Juicio por jurados

 La Diputada Nacional Gabriela Burgos explicó la Importancia del juicio por jurados, el cual es un mandato que estableció la Constitución Nacional de 1853. "La Constitución lo indica en los artículos 24, 75 inciso 12 y 118: los juicios (en general y específicamente los criminales) deben ser juzgados por jurados populares.

15.12.2016 10:14 |  Noticias DiaxDia  | 

Es la manera de garantizar la participación ciudadana en la administración de justicia, acercando la justicia a la sociedad. El jurado otorga mayor imparcialidad ya que la decisión no está tomada por una sola persona, sino por doce personas que no están involucradas en el proceso previo ni pertenece al Poder Judicial. Por su funcionamiento, es el sistema más respetuoso de los derechos y garantías que rigen el proceso penal: el establecimiento de jurados obliga a que el juicio sea oral y público, dotando de mayor transparencia a las decisiones judiciales y haciéndolas más accesibles para la ciudadanía, obligando a dejar de lado el lenguaje jurídico en pos de un lenguaje más sencillo. Los jurados ayudan a elevar la calidad del juicio, porque exigen mejores investigaciones, y obligan a abogados y fiscales a entrenarse en herramientas orales y de argumentación.

El Juicio por jurados en el mundo: tiene una larga tradición y se aplica en diversos países como Estados Unidos, Inglaterra, Alemania, Canadá, Australia, España y Puerto Rico entre otros.

En argentina ya son varias las provincias donde los ciudadanos son los encargados de dar el veredicto de culpabilidad o no culpabilidad. Córdoba fue la primera en el año 2004, seguida por Neuquén en el 2011, Buenos Aires y Chaco en el 2015, y por último Río Negro, cuya ley entrará en vigencia en el 2018. Asimismo, durante los últimos meses, el establecimiento de jurados también se está debatiendo en Santa Fe, Entre Ríos, Chubut, Mendoza, entre otras."

Luego la diputada por la UCR se refirió a su propuesta presentada expresando que el proyecto regula el sistema de juicio por jurados en Argentina para los casos penales.

¿QUIÉNES PUEDEN SER JURADOS? Para ser jurado se requiere ser argentino –en caso de los naturalizados, tener cinco años de ejercicio de la ciudadanía-; tener entre 21 y 65 años de edad, y cumplir con los requisitos previstos en la ley. Ser jurado es una responsabilidad pública y obligatoria. A los jurados se les garantiza una remuneración y viáticos. Los empleadores tienen el deber de respetar la totalidad de los derechos laborales.

¿CÓMO ESTÁ COMPUESTO EL JURADO?: Los jurados se eligen por sorteo en base al Padrón Electoral. El proyecto de ley prevé un jurado “clásico” compuesto por doce ciudadanos legos. El proyecto exige, bajo una perspectiva de género, que la composición del tribunal sea de seis hombres y seis mujeres.


¿QUÉ DECIDE EL JURADO Y CÓMO?: Los jurados deberán presenciar toda la audiencia de juicio, donde tanto la acusación como la defensa expondrán la prueba (testigos, peritos, documentos, etc.) para tratar de convencer al jurado hacia un veredicto de culpabilidad o no culpabilidad. Una vez presentada toda la prueba, el jurado debe retirarse a deliberar. La deliberación es secreta. El jurado debe decidir si está o no probado el hecho y si el imputado es culpable, no culpable, o no culpable por razones de inimputabilidad.
Para declarar culpable o no culpable al acusado, los doce jurados deben ponerse de acuerdo, es decir, debe alcanzarse la unanimidad. Si el jurado no llega a una decisión en un tiempo racional, se declara “estancado” y el juez puede convocar a un nuevo juicio. Estudios internacionales que analizan el comportamiento de los jurados, han demostrado que el jurado difícilmente se estanca, y en los casos en los que sucede, es porque exigen mayores pruebas para tomar la decisión.


Si es declarado culpable, el juez decidirá el monto de la pena. El acusado tiene derecho a recurrir el veredicto ante un tribunal superior. La decisión de no culpabilidad es irrecurrible por el acusador.

¿QUÉ DELITOS VAN A JUICIO POR JURADOS?: Se establece para casos graves, cuya pena mínima sea de ocho (8) años, aún en grado de tentativa (homicidios, femicidio, violaciones).Si la pena mínima no alcanza los ocho años, el imputado también podrá pedir ser juzgado por jurados.

Por último la jujeña Gabriela Burgos contó que estudios alrededor del mundo también demuestran que el establecimiento de jurados aumenta la legitimidad y la confianza que tiene la ciudadanía en el sistema de justicia. Las personas que fueron jurados se sienten más comprometidas con sus deberes públicos y más interesadas en el funcionamiento de diversas políticas estatales, lo que ayuda al fortalecimiento de la democracia.

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