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Fue promulgada la Ley de Paridad de Género en listas electorales
La norma fue publicada este viernes en el Boletín Oficial. En 2019, las listas de candidatos a diputados, senadores y parlamentarios del Mercosur tendrán que estar integradas por un 50% de mujeres y un 50% de hombres.
15.12.2017 11:12 |
Noticias DiaxDia |
El Gobierno nacional promulgó este viernes la Ley 27.412, que establece el 50% de cupo femenino en las listas de candidatos a diputados y senadores nacionales y parlamentarios del Mercosur. De esta manera, en 2019 en las nóminas deberán figurar de manera intercalada un candidato de cada sexo.
La norma fue publicada en el Boletín Oficial, a través del decreto 1035/17 que lleva las firmas del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña; y el ministro del Interior, Rogelio Frigerio.
Asimismo, la ley incorpora la igualdad de género a nivel partidario, aunque en este caso no será obligatorio intercalar postulantes, pero sí las listas deberán completarse con un 50% de representantes de cada sexo. Además, el incumplimiento de esta ley pasa a ser una de las causas de caducidad de la personalidad política de los partidos.
El proyecto fue sancionado por Diputados con 168 votos a favor, 4 en contra y 1 abstención. La iniciativa había sido aprobada en octubre de 2016 por el Senado, el mismo día que la Cámara baja enviaba la media sanción de la reforma electoral, que contemplaba, como punto principal, la aplicación de la boleta electrónica.
La incorporación del proyecto al temario de la sesión en Diputados fue sorpresiva. Cerca de las 2 de la madrugada del pasado 23 de noviembre, diputadas oficialistas y opositoras lograron que se vote el apartamiento del reglamento y se alzaron con la sanción.