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Patrocinio comunitario para personas con necesidades de protección internacional

  El proyecto de ley de patrocinio comunitario para personas con necesidades de protección internacional, de autoría del senador Julio Cobos -presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto- tiene por objeto promover la integración local de personas con necesidades de protección internacional en la República Argentina, a fin de garantizar su autosuficiencia y autonomía, mediante el patrocinio comunitario.

03.10.2019 07:26 |  Noticias DiaxDia  | 

El proyecto se presentó en ambas cámaras en espejo y los legisladores que participan en este tema son: los senadores Alfredo Luenzo (Chubut- Chubut Somos Todos), Miriam Boyadjian (Tierra del Fuego- Movimiento Popular Fueguino), Maurice Closs (Misiones- Bloque Misiones), Inés Brizuela y Doria (La Rioja- UCR), Julio Cobos (Mendoza - UCR) y Pamela Versay (Mendoza- UCR); y los diputados Julio Sahad (La Rioja- PRO), Marcela Campagnoli (Buenos Aires, Coalición Cívica), Carla Pitiot (CABA- Federal Unidos Por Una Nueva Argentina- Carlos Fernández Buenos Aires- UCR), Cornelia Schmidt-Liermann (CABA- PRO), Martín Grande (Salta- PRO), Héctor Flores (Buenos Aires- Coalición Cívica), Fernando Iglesias (CABA- PRO), Brenda Austin (Córdoba- UCR), Ezequiel Fernandez Langan (Buenos Aires- PRO), Vanesa Massetani (Santa Fe- Federal Unidos Por Una Nueva Argentina), Silvia Lospennato (Buenos Aires- PRO).

El proyecto promueve la integración local y la inclusión socio-económica de las personas con necesidades de protección internacional en la República Argentina, a través del Patrocinio Comunitario. Se trata de un esquema sustentado en la cooperación entre ciudadanos nacionales y/o residentes en el país, las organizaciones de la sociedad civil, el sector privado y el Estado.

"El Patrocinio Comunitario busca la integración local y la inclusión socio-económica de las personas con necesidades de protección internacional y se sustenta en la cooperación entre nacionales y/o residentes en el país, organizaciones civiles, sector privado y el Estado", afirmó Cobos y aclaró que "no debe sustituir en ninguna forma al resto de los programas gubernamentales de reasentamiento" sino que "debe constituirse como un complemento de los mismos".

Asimismo, afirmó que "la finalidad del Patrocinio Comunitario es la autosuficiencia, entendida como la habilidad social y económica para satisfacer las necesidades básicas de manera sostenible y digna. También implica una reducción de la vulnerabilidad y dependencia a largo plazo de esa asistencia".

La iniciativa es impulsada en el marco de los compromisos asumidos en el Pacto Mundial para los Refugiados, el Observatorio de Derechos Humanos y la comisión Relaciones Internacionales del Senado, y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).

En el Foro Mundial sobre Refugiados organizado por ACNUR para el mes de diciembre, Argentina presentará este proyecto y la Ley General de Reconocimiento y Protección de las Personas Apátridas sancionada en el mes de agosto de este año.

Se entiende por "apátrida" a toda persona que no sea considerada como nacional suyo por ningún Estado, conforme a su legislación. El propósito de la ley es asegurar, a las personas apátridas y solicitantes del reconocimiento de tal condición, el disfrute más amplio posible de sus derechos humanos y regular la determinación del estatuto, protección, asistencia y otorgamiento de facilidades para la naturalización de las personas apátridas que no sean refugiadas.

Argentina tiene una larga tradición de políticas públicas en favor de las personas con necesidades de protección internacional y también es pionera en la región en materia de Patrocinio Comunitario, esquema bajo el cual acogió a numerosas personas que huyeron de sus países.

Actualmente en Argentina se encuentran 3584 personas con status de refugiado. A través del "programa Siria", creado en el 2014, ingresaron 430 personas. Además, se estima que se encuentran en nuestro país más de 174.000 personas con necesidades de protección internacional, de las cuales aproximadamente más de 3.500 son refugiadas, más de 7.000 han presentado solicitudes de asilo ante la CONARE y más de 164.000 son personas migrantes y refugiadas de nacionalidad venezolana que tienen necesidades de protección internacional.

Breve descripción de la importancia de que la Argentina participe del Pacto Mundial

El pacto mundial sobre refugiados, adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas en 2018, representa la culminación de un periodo de compromisos y consultas de dos años con los Estados y todas las partes interesadas. El objetivo del pacto es aliviar las presiones sobre los países de acogida involucrados, mejorar la autosuficiencia de los refugiados, ampliar el acceso a soluciones en terceros países y apoyar las condiciones en el país de origen para un retorno con seguridad y dignidad.

En las negociaciones del Pacto Mundial nuestro país ha tenido una posición clara y, en general, ha contribuido a la construcción del consenso necesario para la adopción del citado instrumento internacional.

Un año después de la adopción del Pacto Mundial sobre Refugiados, el primer Foro Mundial sobre los Refugiados, que tendrá lugar en Ginebra, Suiza, el 17 y 18 de diciembre de 2019, ofrecerá la oportunidad única de reunir a la comunidad internacional para establecer las bases para la implementación del Pacto Mundial a largo plazo. En dicho evento, los Estados partes tendrán que anunciar sus compromisos y contribuciones e intercambiar buenas prácticas en relación con los objetivos del Pacto Mundial de Refugiados.

A lo largo de su historia, Argentina ha sido un actor clave en relación al compromiso de los Estados. Nuestro país ratificó la Convención relativa al Estatuto del Refugiado de 1951 y su Protocolo, de 1967; participó de la "Declaración de Cartagena"; adoptó la "Declaración de San José sobre Refugiados y Personas Desplazadas" de 1994 y la "Declaración y Plan de Acción de México", así como la "Declaración de Brasilia sobre la Protección de Personas Refugiadas y Apátridas en el Continente Americano" de 2010. Asimismo, en 2006, y por unanimidad de ambas Cámaras del Honorable Congreso de la Nación se sancionó la Ley N° 26.165 de Reconocimiento y Protección del Estatuto del Refugiado.

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