Jue 25.sep.2025 9:14 hs.

Buenos Aires
T: 12.1°C  H: 63%

Por


 | 

El oro cotiza más que el bronce

 Los bolsos de dinero parecen dificultarle, a ciertos funcionarios y legisladores, el acceso por las estrechas puertas de la trascendencia histórica. 
 

09.12.2013 09:13 |  Giménez Manolo  | 

Hace ya muchos años que la política argentina no produce proyectos de cierto volumen histórico o, en su defecto, alguna línea de acción que reúna los intereses de las grandes mayorías de la sociedad y pueda mantenerse en el tiempo. Sin ir más lejos, bastaría recordar que aún ni siquiera puede discutirse en el Congreso la nueva ley de Coparticipación Federal, que la reforma constitucional de 1994 exigía sancionar en un plazo máximo de dos años.
 
Claro que no siempre fue así. Pienso en los lineamientos para la conformación del Estado nacional inaugurados por la Generación del 80; en la ley Sáenz Peña; en la Reforma Universitaria; en los fundamentos de la soberanía energética de la política yrigoyenista o en los derechos laborales y sociales consagrados bajo el peronismo, y se me aparecen como instancias demasiado distantes (y no por una simple distancia en el tiempo) de nuestra práctica política actual.
 
Un indicio de cambio, sin embargo, podría ser la tan mentada reforma del Código Civil y Comercial. Como se sabe, existe un evidente consenso en la comunidad académica sobre este punto y aunque se presentaron proyectos en los años 1987, 1992 (dos iniciativas) y 1998, ninguno fue finalmente adoptado.
 
Esta vez se formó una comisión redactora integrada por los profesores Ricardo Lorenzetti, Elena Highton y Aída Kemelmajer de Carlucci, que convocó a casi cien juristas de todo el país para la redacción del proyecto. Todo parecía indicar que la "década ganada", finalmente, le dejaría a la posteridad algo trascendente. (A pesar que la reforma recién entrará en vigencia, si es aprobado por el Congreso, a partir de enero de 2016).
 
La progresividad de sus objetivos y la seriedad de su elaboración le auguraban un tránsito perfecto, hasta que el proyecto fue modificado en el Senado (arts. 1764, 1765 y 1766) con el sólo fin de acotar la Responsabilidad del Estado, contrariando la elaboración realizada por la mencionada comisión. 
 
Esta modificación del proyecto restringe, entre otras cosas, los casos en que el Estado debe responder patrimonialmente cuando cause daños sobre los derechos de las personas. También, la reforma excluye el lucro del monto de la indemnización. 
 
Por otro lado, se exime al Estado de responsabilidad por la actividad judicial lícita, de modo que no debe responder ­por ejemplo- cuando se ha privado a alguien de su libertad y luego se lo absuelve. Tampoco responderá por los daños causados por los concesionarios de los servicios públicos a las personas. 
 
Asimismo, prohíbe aplicar sanciones pecuniarias a los funcionarios públicos y, por tanto, quita a los jueces el único instrumento de que disponen con el propósito de obligar a los funcionarios a cumplir con los mandatos judiciales. 
 
A pesar que, con tales "retoques", hechos tan importantes como la Masacre de Once podrían quedar impunes -lo que consagra, en los hechos, la inseguridad jurídica- , nada importa a fin de que los funcionarios corruptos o inoperantes no paguen sus ilícitos y errores como corresponde.
 
Así, queda claro que frente a la posibilidad de entrar por la puerta grande la Historia y aprovechar la volteada para blanquearse, evitando ser juzgados una vez que abandonen la barca del poder, las huestes oficialistas eligieron, por lejos, lo segundo.
 
"Queremos defender la autonomía del derecho público y administrativo del derecho privado y defender el federalismo”, aseguró el ministro de Justicia, Julio Alak, al defender el proyecto en la Bicameral, en lo que pareció un aporte involuntario a los segmentos humorísticos del programa de Lanata.
 
Es tanta la vehemencia por obtener este salvoconducto de impunidad, que el oficialismo cedió ante la presión de la Iglesia y modificó el artículo del proyecto original, en lo que respecta al "comienzo de la vida", fijándolo en la “concepción”. 
 
Se trata del artículo 19 que habla del comienzo de la vida. El proyecto original decía que la existencia se iniciaba con la concepción en el vientre materno o con la implantación en caso de fertilización. El texto final sólo dice que empieza con la concepción; o sea que considera como "persona" a un huevo fertilizado, en estadío de cuatro células; deja afuera la fertilización asistida y el alquiler de vientres y prohíbe la manipulación de embriones incluso para la investigación científica en temas de salud. 
 
De este modo, los otrora progresistas impulsores del matrimonio igualitario eliminaron el párrafo del texto original que diferenciaba los casos de tratamientos de fertilización asistida, y explicaba que la existencia comenzaba con la implantación del embrión en el seno materno. 
 
También se quitó la posibilidad de la fecundación post mortem. Una semana antes, el oficialismo ya había eliminado los artículos sobre la subrogación de vientres, y la manipulación genética de embriones. Explicado en términos puramente políticos, se le dio una concesión a legisladores ligados a la Iglesia Católica, ya que lo importante ya no es el relato sino salir con el prontuario intacto.
 
Ya nada puede esperarse de ellos.
 
 
COMENTARIOS
síganos en Facebook