El Cuerpo Parlamentario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó la Ley de seguridad e integridad física de los propietarios, habitantes ocupantes y personas que se desempeñen en edificios de propiedad horizontal.
En virtud de ello, se dispuso la concurrencia anual de los empleados de los consorcios que presten tareas en los edificios de propiedad horizontal, a una capacitación referida a las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo, como así también respecto de la prevención contra incendios, colocando en cabeza de los administradores de cada Consorcio la responsabilidad de exhortar a sus empleados a asistir a la misma. La norma establece que el dictado de la capacitación quede a cargo de una institución especializada, con amplio conocimiento técnico, y que represente a los integrantes de todos los sectores de la actividad de consorcios de propiedad horizontal, a efectos de evitar eventuales conflictos o intereses contrapuestos en una materia tan importante como es la seguridad en los edificios.
Los fundamentos del diputado Oscar Zago (PRO), autor de la iniciativa, sostienen que "la educación, capacitación y formación continua del individuo lo estimula y lo hace relacionarse con las nuevas tecnologías de la manera más práctica y beneficiosa. Se entiende como esencial la educación permanente de aquellos encargados y empleados de los consorcios que presten tareas en los edificios de propiedad horizontal, orientada en la actualización y perfeccionamiento de los conocimientos necesarios para desempeñar su labor de manera eficaz y segura, resguardando la seguridad de los habitantes y ocupantes permanentes o transitorios de los edificios de propiedad horizontal". La ley fue sancionada con 54 votos afirmativos y la abstención de los bloques Buenos Aires para Todos, Proyecto Sur y la diputada Rocío Sánchez Andía (CC).