“La Mesa Nacional por la Igualdad, a través de su Secretaria General, Legisladora María Rachid, expresa su más enérgico repudio por la actuación del Juez de Personas y Familia N° 2 de Salta, Víctor Soria, al negarse a autorizar la práctica del aborto no punible a la niña de 14 años que resultó embarazada como consecuencia de los abusos sexuales y violencia física a los que la sometía su padrastro, y que fuera solicitada por su madre; ordenando en el mismo fallo que el Ministerio Público comience los trámites para entregar en adopción al/la niño/a producto de la violación.
Si bien repudiamos que el magistrado declarara inconstitucional el decreto 1170/12, que establece el protocolo de actuación ante abortos no punibles en la provincia “porque atenta contra la vida de los niños por nacer”, instamos a la Provincia a que adecue su Protocolo a los términos del fallo "FAL", dictado por la Corte Suprema de Justicia, que aclara fehacientemente que cualquier mujer puede solicitarlo, sin que sea necesaria la intervención judicial, debiendo evitarse obstáculos arbitrarios; no obstante ello, el Protocolo vigente en Salta incorpora la exigencia de "darle aviso a la Justicia".
También repudiamos la actuación de la asesora de Menores e Incapaces N° 2, Claudia Flores Larsen que, a pesar de que la niña y su madre expresaron su voluntad de que se practique el aborto, presentó un recurso de amparo a favor del “niño por nacer”, obstruyendo que la práctica se lleve a cabo. Repudiamos la actuación delas autoridades del Hospital Materno-Infantil de la Ciudad de Salta, al retener a la niña internada contra su voluntad y al permitir que fuera visitada por un sacerdote católico, que habría querido mostrarle fotos de fetos, lo cual fue rechazado por su madre. La Dra. Menini, abogada de la familia, expresó que “la salud de la nena está en riesgo. Perdió seis kilos en las últimas semanas. El diagnóstico psicológico dice que se está dejando morir”.
Las conductas expuestas violan lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo "FAL" y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud; asimismo, violan la legislación nacional e internacional vigente, al incumplirse lo dispuesto por el artículo 86 del Código Penal, que prevé los supuestos de aborto no punible, como es este caso; la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAw); la Ley N° 26.485, por la violencia institucional a la que se sometió a la niña; la Convención de los Derechos del Niño y la Convención Interamericana de "Belem do Para" para prevenir y sancionar la violencia contra las mujeres, entre otras.
Con respecto a este caso, la Secretaria de la Mesa Nacional por la Igualdad, María Rachid, expresó: "El acceso al aborto en casos de abuso sexual se encuentra previsto desde 1921, en el art. 86 del Código Penal; no obstante ello se suceden continuamente casos como el de la niña de Salta. El Estado, a través del Poder Judicial y el servicio de salud pública han vulnerado los derechos a la igualdad, a la salud, a la autonomía de la voluntad y a la privacidad de la niña, previstos en los Arts.16, 42 y 19 de la Constitución Nacional. Las mujeres y niñas que sufren ataques a su integridad sexual se encuentran especialmente vulnerables, y en lugar de encontrar contención, acceso a la justicia y a la salud, son recibidas por un sistema que las revictimiza, que las oprime aún más, obligándolas a una maternidad no deseada, haciendo caso omiso a su expresa voluntad”.
Y agregó: “El Estado sostiene un doble estándar, conforme se trate de mujeres ricas o pobres; éstas últimas serán nuevamente víctimas; esta vez de los prejuicios y dogmas delos operadores de justicia y del sistema de salud. Instamos a las autoridades de la Provincia de Salta a cumplir con la legislación vigente y a la construcción de un Estado realmente laico, que contenga a todos los ciudadanos y ciudadanas".