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Se promulgó la ley del registro "No llame"
Se promulgó con su publicación en el Boletín Oficial, la ley que crea el registro nacional "No llame", mediante el cual los clientes de las compañías telefónicas podrán dejar asentada su decisión de no recibir, en sus teléfonos fijos o celulares, llamadas de publicidad.
05.08.2014 09:06 |
Noticias DiaxDia |
El Poder Ejecutivo Nacional promulgó la ley que crea el registro nacional "No llame", mediante el cual los clientes de las compañías telefónicas podrán dejar asentada su decisión de no recibir en sus teléfonos fijos y celulares llamadas y mensajes de texto con publicidades y ofertas no solicitadas.
La norma, sancionada el 2 de julio por la Cámara de Diputados, fue publicada hoy en el Boletín Oficial a través del decreto 1.233, y partir de ahora el Ejecutivo tendrá 90 días para reglamentarla.
El registro nacional "No Llame" contempla a "toda persona física o jurídica titular o usuario autorizado del servicio de telefonía en cualquiera de sus modalidades que manifieste su voluntad de no ser contactada por quien publicitare, ofertare, vendiere o regalare bienes o servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 27 de la ley 25.326", indica el texto aprobado por el Congreso.
Tanto la inscripción como la baja del mismo será "gratuita y debe ser implementada por medios eficaces y sencillos".
"La baja sólo puede ser solicitada por el titular o usuario en cualquier momento y tendrá efectos inmediatos", aclara la norma.
Las empresas que publiciten, oferten, vendan o regalen bienes o servicios "no podrán dirigirse a ninguno de los inscriptos en el Registro Nacional `No Llame` y deberán consultar las inscripciones y bajas producidas en el citado registro con una periodicidad de treinta (30) días corridos a partir de su implementación".
Quedan exceptuados de la normativa las campañas de bien público; las llamadas de emergencia para garantizar la salud y seguridad de la población; las campañas electorales; y las llamadas de quienes tienen una relación contractual vigente, siempre que se refieran al objeto estricto del vínculo y sean realizadas en forma y horario razonables y de acuerdo a la reglamentación.
La ley tampoco incluye en ese punto aquellas llamadas de quienes hayan sido expresamente permitidos por el titular o usuario autorizado de los servicios de telefonía en cualquiera de sus modalidades, inscriptos en el registro nacional "No llame".
La autoridad de aplicación de la norma será la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales.
El decreto de promulgación de la ley 26.951, que en rigor está fechado el 30 de julio, lleva las firmas de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich; y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak.