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Economía intima al Citibank Argentina a que informe si le pagará a los bonistas

El Ministerio de Economía intimó al Citibank para que informe si le abonará a los bonistas que entraron al canje, y que un fallo del juez Thomas Griesa mantiene inmovilizado, a pesar de que es una entidad que opera en el país y bajo leyes Argentinas.

07.08.2014 09:40 |  Noticias DiaxDia  | 

El texto del comunicado con la nota de intimación, publicado  en la página oficial del Ministerio de Economía, es el siguiente:
Citibank, N.A. (Sucursal Argentina)
Sr. Gabriel Ribisich
De nuestra consideración,
Nos dirigimos a esa Entidad en relación a la causa NML Capital, Ltd. v. Republic of Argentina, en la que fueron emitidas órdenes relativas a los pagos efectuados a través de la sucursal argentina de Citibank, N.A. (“Citibank”) bajo los bonos que se rigen por ley argentina denominados en pesos y dólares y pagaderos en Argentina (los “Bonos Argentinos del Canje”).
Encontrándose esa Entidad financiera registrada, constituida y autorizada para operar en la República Argentina conforme la Ley de Entidades Financieras Nº 21.526, y en atención a que los fondos depositados por la República Argentina a los fines de proceder al pago de los intereses Bonos Argentinos del Canje sujetos a ley y jurisdicción argentina son efectuados en nuestro país para su distribución a los Tenedores, cualquier pedido de aclaración en la causa NML deviene innecesario, debiéndose en los futuros vencimientos de intereses (el próximo acaecerá el 30 de septiembre de este año) abstenerse de formular pedidos de nuevas aclaraciones que no hacen más que confundir al mercado y a los Tenedores sobre el alcance de sus derechos y los efectos de las medidas pari passu dictadas por el Juez Griesa fuera de la jurisdicción de los Estados Unidos de América.
En consecuencia, en cumplimiento de la legislación aplicable, por medio de la presente le requerimos que continúen actuando en favor y protegiendo los intereses de los Tenedores de Bonos Argentinos del Canje, ajenos a las órdenes procesales mencionadas.
De lo contrario, esa Entidad estaría ejecutando una sentencia de tribunales extranjeros en la República Argentina, sin que la misma cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 517 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación; afectando, en consecuencia, el orden público argentino.
Por lo tanto, y toda vez que mediante la Orden de fecha 28 de julio de 2014 el Juez Griesa solo permitió la transferencia de los fondos correspondientes a los bonos adheridos al Canje denominados en dólares estadounidenses “por única vez” (algo insólito e inédito) y adelantó que luego del 30 de julio del corriente año anulará la orden del Citibank, se intima a esa Entidad para que en el término de 48 horas informe a la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas la actitud que adoptará en relación a la distribución de los próximos pagos, teniendo en cuenta las razones invocadas en la presente.
Se hace saber que se remite copia de la presente al Banco Central de la República Argentina.
Saludamos a Ustedes atentamente.
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