Se tratará en la sesión del Senado del Congreso de la Nación.
"Será reprimido con prisión de uno a cuatro años el que promoviere, facilitare, aprovechare o explotare económicamente el trabajo de un niño o niña en violación de las normas nacionales que prohíben el trabajo infantil, siempre el hecho no comporte un delito más grave".
Fija una pena de prisión de tres a seis años "cuando las víctimas fueran tres o más" menores, "cuando el hecho fuere cometido con el concurso de tres o más personas en forma organizada" o "cuando fuere cometido por un funcionario público". En ese último caso, sufrirá además la inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena.
"La prestación laboral del niño o niña se efectuare en actividades riesgosas, inseguras o peligrosas" . Expresa que "quedan exceptuadas las tareas que tuvieren fines pedagógicos o de capacitación exclusivamente" ,también que "no será punible el padre, madre, tutor o guardador del niño o niño que incurriere en la conducta" prevista en la iniciativa.