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Los menores de 12 años deberán usar dispositivos de seguridad en los asientos traseros de los autos
19.06.2015 09:58 |
Noticias DiaxDia |
La ley sancionada este jueves obliga a usar asientos especiales para niños hasta 12 años con el propósito de garantizar su seguridad en los vehículos. Era obligatorio para los menores de 4. Además los menores de 12 años no podrán viajar en ningún caso en la parte delantera de los autos.
La Legislatura de la ciudad de Buenos Aires modificó el Código de Tránsito y Transporte porteño y estipuló la obligación de utilizar dispositivos de seguridad para el transporte de niños menores de 12 años en los asientos traseros de los autos. Hasta ahora la ley contemplaba que estos sistemas debían utilizarse para los menores de 4 años.
Además los diputados prohibieron el traslado de menores de 12 años en asientos delanteros de los autos subiendo este tope que era para menores de 10. La ley aprobada hoy con un texto consensuado y 49 votos positivos, de autoría del diputado Claudio Palmeyro (SP), que había obtenido dictamen de la Comisión de Tránsito y Transporte presidida por el legislador, modifica el Código de Tránsito y Transporte de la ciudad de Buenos Aires en los incisos c ), del Art. 5.2.4 y b) del artículo 6.1.3.
En relación a las medidas de seguridad para el asiento trasero, cuando el pasajero sea menor de 12 años o con una altura inferior a 1,50 m debe utilizar, diferentes tipos de butacas adaptables a los niños disponibles en Argentina, sistemas o dispositivos de retención infantil correspondiente a su peso y/o altura debidamente homologado que cumpla los requisitos establecidos en cualquiera de las siguientes las normas: IRAM 3680-1 y 3680-2 (Argentina), FMVSS213 (Estados Unidos), UNECER44/04(Unión Europea), AS/NZS 1754 (Australia y Nueva Zelanda), INMETRONBR 14.400 (Brasil). Las normas extranjeras fueron incorporadas hoy al Código de Tránsito. En tanto, continúa vigente la prohibición de transportar bebés o niños en brazos en los asientos delanteros.
Además el/la conductor/a, titular o responsable de un vehículo que traslade a menores de 12 años o con una altura menor a 1,50 metros sin utilizar el sistema o dispositivo de retención infantil correspondiente será sancionado con una multa de 100 unidades fijas -UF (siendo una UF el equivalente al precio de 1,5 litros de nafta de mayor octanaje) o la asistencia a un curso sobre la importancia del uso de los Sistemas de Retención Infantil dictado por la Autoridad de Aplicación del Código de Tránsito y Transporte o por quien se encuentre delegado por esta.
Entre los fundamentos del dictamen los diputados subrayaban que “la problemática de los niños en el tránsito es el eje de la campaña mundial y oficial para la Tercera Semana Global de la Seguridad Vial de las Naciones Unidas” que se realizó en mayo de este año y que esta ley tiene el objetivo de ser una acción en el mismo sentido.
Las Naciones Unidas realizó la campaña #SaveKidsLives, la cual apunta a destacar la situación desfavorable de los niños en las carreteras del mundo, generar acciones que fortalezcan su seguridad y promover la inclusión de transporte seguro y sustentable en la agenda de objetivos post 2015, constituyendo un escalón fundamental de la Década de Acción para la Seguridad Vial 2011-2020.