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Raffo -El incumplimiento de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y la ilegal asignación de recursos en el INCAA

 Julio Raffo había presentado un amparo en 2011 y obtenido un fallo favorable en primera instancia, dicha sentencia fue apelada por el Gobierno Nacional;  la Sala III rechazó la apelación y ratificó el amparo. 

24.04.2013 06:36 |  Noticias DiaxDia  | 

La Sala Tercera de la Cámara Nacional  de Apelaciones  en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) y confirmó la sentencia que obligó a la Presidenta de la Nación para que en  un plazo de cinco días dé a conocer las razones por las cuales no respondió un pedido de informes en relación al incumplimiento de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual por parte del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA), así como la ilegal asignación de recursos a la producción televisiva en perjuicio del cine nacional. 
El pedido de informes fue hecho en 2011 por el diputado Julio Raffo (Proyecto Sur), especialista en derecho cinematográfico, pero no fue contestado oportunamente. En consecuencia,  Raffo solicitó un amparo por mora, aceptado por la Jueza Federal María José Sarmiento (Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo Nº 11, Secretaría Nº 22), quien le dio la razón. Este fallo fue apelado, pero la Cámara lo ratificó esta semana. 
Raffo, presidente del Bloque Proyecto Sur, anticipó en su presentación que tratándose de ilegalidades su acción pretende dar lugar a que se corrijan dentro del mismo órgano que las realizó, “y por ello peticiono la subsanación de las mismas, con la primera convicción de que el PEN y el INCAA actuaron de la manera ilegal señalada por error, porque si así no fuere entonces sería de aplicación lo previsto por el Art. 248 del Código Penal". 
En su amparo judicial Raffo dijo que había peticionado hacía ya un año requiriendo al Poder Ejecutivo Nacional que: 
"1.- Derogue el artículo 97 del Decreto Nº 1225/2010; 
2.- Instruya al INCAA para que cumpla, de inmediato, el decreto 1225/2010 
3.- Disponga la instrucción de un sumario para deslindar las responsabilidades por el dictado de un decreto manifiestamente ilegal; 
4.- Ponga los hechos mencionados en conocimiento del Poder Judicial, a sus efectos." 
Señaló que "… el Decreto. Nº 1225/10 tiene un contenido manifiestamente ilegal, toda vez que el mismo contradice la letra expresa de la Ley Nº 17.741…" que destina esos fondos a la producción de películas nacionales y no a "contenidos televisivos". 
Respecto del incumplimiento del INCAA, dijo que el Decreto 1225/10, reglamentario de la Ley de Medios Audiovisuales establece que "… a los fines de facilitar la adquisición de los derechos de antena, el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales —INCAA— creará un registro de películas nacionales y telefilmes en condiciones de ser adquiridos… "; Hizo notar que,  a la fecha, el INCAA no ha creado ese registro, con lo cual da pie al incumplimiento de la "cuota de pantalla"  del Cine Nacional en la televisión. 
El presidente del Bloque Proyecto Sur señaló que si la Presidenta no corrige ese desvío de fondos incurrirá en el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público y el INCAA en "malversación de fondos públicos". 
 
 
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