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Promulgan la ley de Derecho de Formación Deportiva

La ley que reconoce los derechos de formación deportiva a las asociaciones civiles sin fines de lucro que tienen por objetivo la formación, práctica, desarrollo, sostenimiento y organización de cualquier disciplina de competencia fue promulgada según publica el Boletín Oficial.
 

20.11.2015 06:10 |  Noticias DiaxDia  | 

Se trata de la norma 27.211, que fue sancionada el pasado 7 de octubre por el Senado.
La ley establece que "la Asociación Civil o Simples Asociaciones que ejerzan la formación deportiva tienen derecho a percibir por su actividad una compensación en dinero o su equivalente en especie".
Además, informa que el "Derecho de Formación Deportiva se adquiere cuando el deportista se haya inscripto federativamente a fin de representar a la entidad deportiva en confederaciones, federaciones, asociaciones, ligas o uniones con personería jurídica reconocida".
En su artículo 7°, la norma indica que la compensación que corresponda abonar en concepto de Derecho de Formación Deportiva en los deportes colectivos se hace efectiva en los siguientes casos: a) Cuando el deportista es amateur y celebre el primer contrato profesional y b) Cuando el deportista es profesional, cada vez que se produzca una transferencia de derechos federativos a otra entidad deportiva, conservando el mismo estatus, o cada vez que suscribe un nuevo contrato.
Las confederaciones, federaciones, asociaciones, ligas o uniones "deben registrar los contratos profesionales que hayan celebrado", ya que "su omisión los hará pasibles" de sanciones previstas en la norma 27.211.
 
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