El diputado nacional Alberto Asseff - provincia de Bs.As., partido UNIR - ha presentado un proyecto de ley para establecer en el Código Penal la imprescriptibilidad de los delitos comúnmente denominados de corrupción desde la función pública.
Artículo 1º.- Incorporase como artículo 62 bis al Código Penal el siguiente:
"Artículo 62 bis.- La acción penal se declara imprescriptible respecto de los actos de corrupción reprimidos con pena de prisión, cuando resultare daño económico al patrimonio público y hayan sido cometidos en ejercicio de la función pública, abarcando todas las categorías y jerarquías del Estado Nacional, Provinciales y Municipales y sus entes, organismos centralizados y descentralizados y empresas autárquicas, en los casos siguientes:
a) Cohecho y Tráfico de Influencias (artículos 256 a 259);
b) Malversación de caudales públicos (artículos 260 a 264);
c) Negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas (artículo 265);
d) Exacciones Ilegales (artículos 266 a 268);
e) Enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados (artículo 268 bis apartados 1,2 y 3);
f) Blanqueo de dinero producto del delito (artículo 303)."