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La Justicia determinó que una mujer sea la reemplazante de Guillermo Montenegro en Diputados
El juez federal Adolfo Ziulu dispuso que Adriana Cáceres ocupe el lugar del ahora intendente de Mar del Plata. El fallo sienta un precedente para el resto de los casos similares.
17.12.2019 07:30 |
Noticias DiaxDia |
El juez electoral de la provincia de Buenos Aires Adolfo Ziulu determinó este viernes que sea Adriana Cáceres quien reemplace al flamante intendente de Mar del Plata, Guillermo Montenegro, aplicando un criterio por el cual la vacante deberá cubrirse según el orden sucesivo de la lista.
Por la lista que Cambiemos presentó para la elección de 2017 ingresaron 15 diputados, por lo que el juez resolvió que sea Cáceres, la número 16 de la nómina, quien suplante a Montenegro, y no Marcelo Osmar del Sol, quien ocupaba el decimoséptimo lugar y aspiraba a que se aplicara la paridad de género.
El fallo de Ziulu sienta así un precedente para el resto de los casos judicializados correspondientes a las listas de 2017, cuando todavía no regía la Ley de Paridad de Género, razón por la cual el colectivo femenino reclama que los reemplazos sean por “corrimiento” de la lista, para no afectar la representación de mujeres en la Cámara baja.
“La sentencia marca un antecedente para la resolución de los casos que se encuentran en la misma situación. Celebro que la Justicia resuelva que el espíritu de la ley de paridad no es otro que el de promover la participación política de las mujeres, y que no puede ser utilizada para perjudicarnos”, señaló Cáceres.
La futura diputada indicó: “Esperemos que no quieran dilatar la asunción, no podemos darnos el lujo de prescindir de una banca cuando se van a tratar temas tan importantes para el país. Ahora es tiempo de mirar para adelante, y trabajar fuertemente porque las argentinas y los argentinos necesitan un Congreso Nacional activo”.
Cáceres es politóloga y secretaria general del Pro en Pilar, y responde al ala política referenciada en el exjefe de Gabinete Marcos Peña.
En su fallo, Ziulu consideró que “no cabe aplicar la regla de vacantes de la ley de paridad de género a una lista conformada por la ley de cupo femenino”.
El magistrado explicó: “La nueva normativa, en base a esta nueva forma de configurar las listas de legisladores, también ha modificado la forma de cubrir las vacantes, sumando un requisito: el sustituto debe tener el mismo género de aquel cuya banca es llamado a cubrir. Dicha regla no prevista en la normativa vigente al tiempo de elegir a los diputados cuya vacancia hoy se genera, no puede ser aplicada al supuesto de autos”.
“Si ahora se cambian las reglas de juego, una vez que esa elección ya se produjo, no sólo se modifica la situación de aquellos candidatos a legisladores que quedaron con un derecho en suspenso, sino que perderían validez los legisladores que sí ingresaron, en base a cierto porcentaje de mujeres que conformaron la lista y cuyo orden hoy se quiere variar aplicando nuevas reglas establecidas para otras condiciones iniciales: listas integradas por hombres y mujeres por igual y no con diferentes porcentajes, tal como aconteció con la ley de cupo femenino”, argumentó.
En ese sentido, el juez electoral insistió en que “si se aplicara la nueva normativa a las vacancias generadas en el 2019 respecto de las listas confeccionadas con otras pautas, se desnaturalizaría todo el sistema diseñado por el legislador”.