Fue aprobada una ley de autoría del Diputado Juan Cabandié (FpV), que exceptúa de sanción a los fiscales electorales que en 2011 hayan votado en la mesa a la cual habían sido asignados para su tarea y no en la mesa que por padrón les correspondiera.
La norma se aplicará únicamente de acuerdo a lo que es competencia propia de la Ciudad de Buenos Aires.
El texto legal declara la extinción de las acciones penales emergentes de los delitos de acción pública previstos en el artículo 139 inciso d) in fine, Ley Nº 19.945, modificada por las Leyes N° 20.175, 22.838 y 22.864, Código Electoral Nacional, referido al delito de emitir voto sin derecho, cometido durante los días 10 y 31 de julio de 2011, por los fiscales electorales designados por los partidos políticos, en ocasión o con motivo del desarrollo de la actividad de fiscalización de las elecciones.
Entre los fundamentos el autor explicaba que "las elecciones a Jefe de Gobierno y de Miembros de Juntas Comunales del año 2011 fueron atípicas. El sistema electoral fue modificado por la implementación de la Ley 1.777, Ley Orgánica de Comunas. Anteriormente a la celebración de estos comicios la Ciudad se tomaba como distrito único. Actualmente tiene quince secciones cuando antes tenía veintiocho".