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Julio Cobos:“ En el nuevo Código Penal se prevé la disminución de penas en homicidios, robos y por narcotrafico”
Primer análisis de legisladores nacionales por Mendoza al nuevo Código Penal
22.02.2014 11:55 |
Noticias DiaxDia |
Los diputados nacionales radicales de Mendoza, Julio Cobos, Enrique Vaquié, Patricia Gimenez y Luis Petri, se reunieron para realizar un primer análisis de la reforma al Código Penal, propulsada por el gobierno nacional.
Julio Cobos expresó que: “Realizamos un primer análisis y la verdad que nos preocupa. Surgen muchas dudas y observaciones de diferentes aspectos que incluye el texto. Al momento,
vemos que incorpora la disminución de penas en homicidios, robos y narcotráfico y la eliminación de reincidencia. Estas son algunas de las graves falencias del nuevo código que deberán ser corregidas sí se quiere luchar contra el delito. Vamos a seguir analizándolo para
llegar bien preparados al momento de su discusión en el Congreso"
Por su parte, el diputado Luis Petri, especialista en seguridad, agregó: “por lo analizado hasta ahora, las modificaciones propuestas generaran, sin dudas, una flexibilización del sistema
penal. Esto producirá un incremento de la actividad de organizaciones criminales en la República Argentina, por la disminución de las penas en los principales tipos penales que los tiene como autores. El país es un destino elegido por narcos, entre otras cosas, por sus
penas reducidas, fáciles excarcelaciones y plazos de prescripción cortos. Esto alienta la radicación de ellos y sus organizaciones porque en la mayoría de los países de la región hay un
endurecimiento de las penas por narcotráfico. Todas estas dudas no solo no están resueltas en el código, sino que agrava la situación al ser más flexible”.
CONCLUSIONES DE UN PRIMER ANáLISIS DE LA REFORMA PROPUESTA:
Se establecen mínimos y máximos de penas y se consagra la legalidad estricta, pero después se faculta al juez a disminuirla o suprimirla.
Ejemplo: articulo 18 inc 3 c) que permite disminuir la pena por debajo del mínimo sí el interno hubiese sido golpeado o hubiere sufrido vejaciones por otros internos; ya que no solo condena los vejámenes de los miembros de las fuerzas de seguridad, sino también -y en el
caso lo permite- por la responsabilidad por omisión del Estado a la hora de controlar el funcionamiento de sus establecimientos penitenciarios. Con ello, las denuncias por apremios ilegales y las riñas simuladas -o no- dentro de las cárceles serán una constante en la búsqueda de reducciones de penas.
Se establece como atenuante de pena ser menor de 21 años, algo que no resulta justificado si se tiene en cuenta que se es plenamente capaz a partir de los 18 años.
Se dispone que el nuevo código no rija a los menores de 18 años, porque a los menores de esa edad se les aplicará una ley especial. El grave problema que existe es que de sancionarse
el nuevo código -sin la ley especial- se produciría un vacío legal y los mayores de 16 años podrían invocar, en ese lapso, la ley penal (que es más benigna) quedando impunes sus conductas delictuales.
El nuevo Código deja muchas dudas al legislar sobre cuestiones procesales, como por ejemplo el principio de oportunidad y lo concerniente a la ejecución de la pena. Ejemplo el
artículo 20 que legisla en materia de recursos de naturaleza claramente procesal, no delegado por tanto por las provincias al Congreso. Aquí se lesiona el federalismo.
Se establece el reemplazo de la pena de prisión por otras alternativas a mitad de condena (en delitos con penas no superiores a 10 años).
Se suprime la reincidencia, las circunstancias personales anteriores al hecho. Sólo se computan sí sirven como atenuantes de la pena pero no como agravante. Y en esto hay que ser
claros: o las circunstancias personales se toman en cuenta en uno u otro sentido o no se toman en cuenta, pero solo considerarlas para atenuar la pena, aparece al menos como arbitrario. La eliminación de la reincidencia afecta a todo el sistema, desde la prisión
preventiva, el monto de las penas y la libertad condicional. Suprimir la reincidencia supone considerar a todo delincuente como primario -sin importar su historial criminal- sin poderlo merituar.
Se bajan las penas en homicidios, robos y tráfico de drogas que son los principales delitos q afectan al país. En el caso del homicidio agravado la pena máxima será de 30 años y la
mínima de 15, pero el juez puede disminuirla aún más. En la práctica se despenaliza la eutanasia en la Argentina al permitir al juez eximir de pena. En el caso del robo agravado se baja la mínima y la máxima 3 y 12 años en lugar de los 5 y 15 años del código
actual.La comercialización y tráfico de drogas en el nuevo código prevé penas de 3 a 10 años, bajándolas inexplicablemente si el discurso oficial es de luchar francamente contra el narcotráfico.