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Diputados nacionales UCR Mendoza- Anteproyecto de modificación del Código Penal.

 Julio Cobos, Luis Petri, Patricia Giménez y Enrique Vaquie.
 

05.03.2014 06:23 |  Noticias DiaxDia  | 

Cuadros comparativos entre código actual y anteproyectos, realizados por el especialista en seguridad, Diputado Nacional Luis Petri.

ANÁLISIS DEL ANTEPROYECTO DE MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL

El anteproyecto de Código Penal disminuye las escalas penales de los delitos de homicidios, robos, trata de personas y tráfico de estupefacientes, entre otros.

Así por ejemplo, el homicidio agravado del artículo 80 que posee una pena de prisión o reclusión perpetua, pasa a tener una pena máxima de 30 años y una mínima de 15 años. El tipo penal del artículo 80 impedía la discrecionalidad del magistrado al momento de la imposición de la pena, esto es, si se configura la acción típica, antijurídica y culpable prevista por la norma, correspondía la pena de prisión o reclusión perpetua. Con el anteproyecto quienes cometan homicidio calificado podrán ser condenados, por ejemplo, a 15 años de prisión.

En los casos de violación se baja la máxima de 20 a 18 años en los supuestos de violación agravada prevista en el Código penal en el articulo  119 tercer párrafo y siguientes y 126 del anteproyecto.  Además, prevé un aumento de la mínima pasando de los actuales 8 años de prisión a 10 años en 
el nuevo texto.

En los supuestos de trata de personas recientemente incorporados a nuestra legislación penal, se disminuyen las penas mínimas tanto para la figura básica como para el tipo agravado, así de 4 años de mínima se pasa a 3 años en el anteproyecto en el primer supuesto, y de 5 años a 4 años en el segundo caso. Además se elimina la agravante en el supuesto que la explotación se hubiese consumando que prevé actualmente penas de hasta 12 años, quedando en el anteproyecto con una pena de 10 años.

En el robo agravado de penas de 5 a 15 años como mínima y máxima respectivamente que rigen en la actualidad,  el anteproyecto prevé para estos supuestos penas que van de los 3 a los 12 años.

En el caso de estupefacientes, se disminuye el mínimo y la máxima de la pena en el anteproyecto para  los casos de siembra, cultivo, guarda, producción, elaboración y comercialización de estupefacientes, pasando de la actual escala penal de 4 a 15 años a la de 3 a 10 años. El suministro de estupefacientes a titulo oneroso, de penas de prisión de 4 a 15 años se bajan a penas que van desde el año a los 6 años de prisión. Se disminuye el mínimo y la máxima de la penal en los casos contrabando de estupefacientes de 4 a 15 años actualmente se reduce a 3 a 12 años. Se disminuye el mínimo y la máxima de la pena para quien organice o financie actividades vinculadas a la producción, tráfico y comercialización de estupefacientes, pasando de tener en la actualidad penas que van de los 8 a los 20 años, a penas  previstas que van de los 3 a los 10 años.

Se establecen mínimos y máximos de penas y se consagra la legalidad estricta pero después se faculta al juez a disminuirla o suprimirla. Ejemplo de ello es el articulo 19 inc 3 c) que permite disminuir la pena por debajo del mínimo sí el agente hubiese sido golpeado o sufrido vejaciones por otros internos, ya que no solo condena los vejámenes de los miembros de las fuerzas de seguridad, sino que también permite la disminución de penas por la responsabilidad por omisión del estado a la hora de controlar el funcionamiento de sus establecimientos penitenciarios.

Con ello, entendemos que las denuncias por apremios ilegales y las riñas simuladas o no dentro de las cárceles serán una constante en la búsqueda de reducciones de penas.

Por su parte el artículo 31 del Anteproyecto permite la sustitución de penas de prisión por penas alternativas, a mitad de condena, en los delitos cuyo máximo no supere los 10 años y cumplidos 2/3 en delitos con pena superior a 12 años.

Se suprime la reincidencia, las circunstancias personales anteriores al hecho sólo se computan sí sirven como atenuantes de la pena pero no como agravante. O las circunstancias personales se toman en cuenta en uno u otro sentido o no se toman en cuenta, pero solo considerarlas para atenuar la pena, aparece al menos como arbitrario.

La eliminación de la reincidencia afecta a todo el sistema, desde la prisión preventiva, el monto de las penas y la libertad condicional.

Suprimir la reincidencia supone considerar a todo delincuente como primario sin importar su historial criminal.

En síntesis, el anteproyecto disminuye la intensidad de las actuales penas de prisión en los principales delitos que hoy mantienen en vilo a la sociedad, con consecuencias gravísimas en los delitos futuros, pero también en los condenados actuales, ya que de sancionarse dicho texto, por aplicación de la ley más benigna, obtendrán rápidamente su libertad, gozando de los beneficios de una ley que parece ser hecha a medida de los delincuentes.

Por estas razones es que hay que rechazar, en el caso de su ingreso al Congreso,  el Anteproyecto de Código Penal. Las penas no solo tienen por finalidad  la resocialización del condenado sino que también deben garantizar la seguridad de la población, algo que el anteproyecto pareciera haber olvidado.

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