Lun 17.Nov.2025 16:43 hs.

 | 

Proyecto- Obligatoriedad del examen oftalmológico en los recién nacidos y niños comprendidos hasta los 4 años

Presentado en la Cámara de Diputados de la Nación por los legisladores de la Coalición Cívica ARI – UNEN, Pablo JAvkin, Fernando Sánchez, Elisa Carrio y Alcira Argumedo de Proyecto Sur - UNEN.
 

04.04.2014 08:00 |  Noticias DiaxDia  | 

Expresa en sus fundamentos: “El presente proyecto de Ley, tiene por objeto implementar un examen oftalmológico obligatorio, de carácter anual, con la finalidad de prevenir las alteraciones visuales y la ceguera infantil.
Este examen anual podrá realizarse en los establecimientos públicos o privados de salud y deberá constar en un certificado médico expedido por el profesional oftalmólogo actuante.
Dicho examen permitirá diagnosticar a tiempo los estrabismos congénitos, la ambliopía, el glaucoma congénito, el retinoblastoma, la retinopatía del prematuro, las cataratas, la hiperplasia primaria del vítreo, etc.
La mayoría de estas enfermedades oculares que pueden producir pérdida parcial o total de la visión deben ser detectadas en el nacimiento y en el primer año de vida.
La ambliopía es una enfermedad tratable que afecta del 2 al 5% de la población y es la causa más común de pérdida de visión prevenible en los países desarrollados. Solo se presenta durante la infancia y solo puede tratarse efectivamente en este período. Los resultados del tratamiento de la ambliopía y de los procesos ambliogénicos que la causaron son buenos si no se sobrepasa la edad en que la vía visual mantiene su plasticidad, de 4 a 6 años de edad.
El estrabismo (más del 75% convergente o esotropía) afecta, aproximadamente, del 3 al 6% de la población, de los cuales entre la tercera parte y la mitad desarrollará ambliopía. La prevalencia combinada de ambos procesos es del 5% de la población. Aproximadamente el 20% de los niños de cualquier edad padecen defectos de refracción significativos. Cuando los vicios de refracción no son tratados con la corrección óptica adecuada dentro de los primeros años de vida, se producirá la ambliopia con una reducción importante de la agudeza visual.
La leucocoria es una alteración del reflejo rojo pupilar que indica una disminución o ausencia de los medios transparentes del ojo. Puede ser producida por numerosas enfermedades oculares que pueden amenazar el sentido de la visión en el niño, a saber: Catarata, Retinoblastoma, Retinopatía del Prematuro, Enfermedad de Coats, Granulomatosis por larvas (toxocariasis), Vítreo primario persistente hiperplásico, Desprendimiento de retina (de cualquier etiología), facomatosis entre otras.
El Retinoblastoma, es un tumor primario intraocular maligno que aparece en niños sanos entre los 4 y 6 años de edad. Una de las manifestaciones precoces del mismo es la leucocoria, ya que el niño no refiere disminución de la agudeza visual. Su tratamiento diferido puede ser causa de ceguera o muerte.
La Catarata Congénita, es la que se detecta durante el primer año de vida. El tratamiento quirúrgico precoz es la única posibilidad de impedir que el ojo portador no desarrolle visión adecuada. Detectada y tratada luego de los 4 años de vida no ofrece los resultados visuales que cuando es tratada precozmente, por el fenómeno conocido como ambliopización. (Disminución de la agudeza visual que no se corrige con anteojos).
Las Facomatosis son un grupo de enfermedades sistémicas que afectan al Sistema Nervioso Central, la piel y al aparato de la visión En los primeros año de vida se puede detectar una alteración a través de la realización del fondo de ojo.
La Retinopatía del Prematuro es una enfermedad retinal que se produce en los niños de pretérmino y/o de bajo peso para su edad gestacional que, a causa de la inmadurez de la retina más factores externos desarrolla esta patología ocular que no tratada precozmente, puede conducir a la ceguera. Para detectar esta patología es necesario un examen oftalmoscópico especializado por un oftalmólogo entrenado a tal efecto.
 
COMENTARIOS
síganos en Facebook