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Bodart-Proyecto: Ingreso al Estatuto Docente del personal contratado o transferido al nuevo ente de evaluación educativa

21.08.2014 06:57 |  Noticias DiaxDia  | 

Artículo 1°.- En el caso de creación de un ente de evaluación educativa de la Ciudad, los agentes contratados de la Gerencia Operativa de Evaluación(Dirección General de Evaluación de la Calidad Educativa – Ministerio deEducación) transferidos al nuevo organismo son incluidos en el Estatuto
Docente con carácter de titulares y respetando la antigüedad en susrespectivos cargos docentes.

Art. 2º.- El criterio establecido en el artículo 1º rige también paratodos aquellos agentes contratados provenientes de otras áreas delMinisterio de Educación transferidos al nuevo ente de evaluación
educativa.

Art. 3°.- Comuníquese, etc.

Fundamentos
Señora Presidenta:

En caso de ser aprobada la ley de evaluación educativa propuesta por eloficialismo, proponemos el reconocimiento de la condición docente delpersonal de la Gerencia Operativa de Evaluación transferido al nuevoorganismo.

Se trata, en concreto, de los 16 agentes que hasta la creación del nuevoente venían desempeñando sus tareas en la mencionada Gerencia, dependientede la Dirección General de Evaluación de la Calidad Educativa delMinisterio. Son todos docentes con horas cátedra, que desde hace 6 a 8
años vienen desarrollando tareas de evaluación en el sistema educativo. Noobstante, se encuentran en una situación de precariedad laboral ya querevistan bajo la modalidad de contratos de locación de servicios. Esurgente reparar esta injusticia e incluirlos en el régimen laboral que lescorresponde por lo que son y por lo que hacen: el Estatuto Docente.

En su artículo 1º, dicha norma es explícita al respecto: “Se consideradocente -a todos los efectos- con sujeción a normas pedagógicas yreglamentarias del presente estatuto, a quien imparte, guía, supervisa,orienta y asiste técnica y profesionalmente a la educación, así como aquien colabora directamente en esas funciones.”

Es decir, nadie puede poner en duda que las tareas de evaluación son parteintegrante del sistema educativo y por ende tienen carácter docente. Elpropio artículo 1º de la ley propuesta por el oficialismo señala: “…Laevaluación se dimensiona como una función pedagógica y didáctica de
carácter integrador y como un proceso de diálogo, comprensión y mejoracontinua y sistemática de la calidad y equidad educativa.”

Es preciso, entonces, garantizar la continuidad laboral de los agentes dela Gerencia de Evaluación, preservar sus derechos y saberes profesionalesy legitimar su condición de docentes reconociéndola como tal mediante suincorporación al Estatuto Docente. Y lo mismo para todo otro contratadotransferido al nuevo ente de evaluación.
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