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Se realizará la licitación de Bonos del Tesoro Nacional

La Secretaría de Finanzas ratificó que se llevara a cabo una licitación de BONAC mayo 2016, BONAC septiembre 2016 y el nuevo BONAC julio 2016, por un monto conjunto de Valor Nominal Original Pesos tres millones, ampliable.

12.06.2015 07:21 |  Noticias DiaxDia  | 

La Secretaría de Finanzas ratificó que hoy se llevara a cabo una licitación de BONAC mayo 2016, BONAC septiembre 2016 y el nuevo BONAC julio 2016, por un monto conjunto de Valor Nominal Original Pesos tres millones de pesos, ampliable.

La ampliación de la emisión de bonos fue publicada hoy en el Boletín Oficial.

Para complementar la información ya difundida, se especifican los detalles de la fórmula de cálculo del interés para el nuevo BONAC julio 2016, definida como “Tasa Variable”.

Tasa Variable:

Será el equivalente al promedio aritmético simple de las tasas de interés implícitas convertidas a tasas en base trimestral, excepto en el último período que será en base cuatrimestral, anualizadas de Letras Internas del BCRA en pesos, publicadas por dicha entidad en sus Comunicados de resultados de licitaciones, para el plazo más próximo a 252 días, que no podrá ser inferior a 222 días ni superior a 282 días.

El mencionado promedio se calculará desde 7 días hábiles antes del inicio de cada cupón hasta 7 días hábiles antes del vencimiento de cada cupón, incluyendo el primero pero excluyendo el último (“Período de Cálculo”). En caso de que se publiquen dos tasas equidistantes al plazo de 252 días se tomará la de mayor plazo.

En caso que resulte imposible el cálculo del promedio mencionado ante la falta de publicaciones de esas Tasas de Letras Internas del BCRA durante el “Período de Cálculo” entonces la Tasa Variable será el equivalente al promedio aritmético simple de las tasas de interés implícitas convertidas a tasas en base trimestral, excepto el último período que será en base cuatrimestral, anualizadas de Letras Internas del BCRA en pesos, publicadas por dicha entidad en sus Comunicados de resultados de licitaciones, para el plazo más próximo a 196 días, que no podrá ser inferior a 166 días ni superior a 221 días.

El mencionado promedio se calculará desde 7 días hábiles antes del inicio de cada cupón hasta 7 días hábiles antes del vencimiento de cada cupón, incluyendo el primero pero excluyendo el último (“Período de Cálculo”). En caso de que se publiquen dos tasas equidistantes al plazo de 196 días se tomará la de mayor plazo.

Para la conversión de tasas de interés implícitas a tasas en base trimestral, excepto en el último período que será en base cuatrimestral, anualizada se aplicará la Fórmula de Conversión.

En caso que resulte imposible el cálculo del cupón mediante las formas mencionada durante el “Período de Cálculo” entonces la Tasa Variable será la suma de i) el promedio aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de 30 a 35 días de plazo de más de pesos un millón ($ 1.000.000) —BADLAR promedio bancos privados —, calculado considerando las tasas publicadas durante el trimestre, excepto en el último período que será durante el cuatrimestre, por el BCRA desde 10 días hábiles antes del inicio de cada cupón hasta DIEZ (10) días hábiles antes del vencimiento de cada cupón, y ii) un margen de 377 puntos básicos.

La Tasa Variable se expresará de manera porcentual y se redondeará a cuatro decimales.
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