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Establecen más obligaciones al transporte postal y valores bancarios
22.10.2015 12:02 |
Noticias DiaxDia |
Varias leyes que modifican el Código de Tránsito y Transporte fueron aprobadas . Una de ellas en lo que respecta al estacionamiento en sectores y horarios determinados. En este caso se estableció que los vehículos para transporte postal o valores bancarios deben cumplir con las “Obligaciones de vehículos especiales” enunciadas en el artículo 6.6.2. “siendo indudable que deben darse a estos vehículos el mismo tratamiento que a los recolectores de residuos, grúas, remolques, transportes escolares”, etc., según expresaron los diputados entre los fundamentos del despacho de la Comisión de Tránsito presidida por el diputado Claudio Palmeyro (SP), autor de las iniciativas.
Además, se extendió la prohibición de detención incluida en el artículo 7.1.7 quedando determinado que "en ningún caso la detención puede efectuarse en los sectores de parada de transporte colectivo de pasajeros y taxis, frente a Comisarías, Cuerpos de Bomberos y Bancos (donde solo se admite la detención de vehículos que presten servicios en éstos), ciclovías, en las vías rápidas así definidas en el artículo 7.1.3 y en aquellos sitios alcanzados por las prohibiciones especiales de estacionamiento y detención".
La norma también amplió la obligatoriedad de señalizar la prohibición de estacionamiento en pasajes, proximidad con vías de Ferrocarril, ingreso y egreso de garajes, frente a locales de espectáculos públicos, centros de salud, escuelas, templos, bancos, y correos, toda vez que en la actualidad estas prohibiciones por ser de carácter general no requieren señalización. Ello ocasiona que en muchos casos el conductor incurra en infracciones sin advertirlo, por no ser del todo clara su aplicación, llegando muchas veces a producirse el extremo del acarreo por idénticos motivos.