Dom 24.Nov.2024 5:07 hs.

legislatura  | 

Pintar de amarillo sin permiso el cordón de la vereda es infracción

La Legislatura modificó el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referido a la pintura del cordón de las veredas, artículo 2.4.4, estableciéndose como un infractor a quien lo hiciere sin autorización oficial.
 

06.11.2015 10:50 |  Noticias DiaxDia  | 

“Sólo el Gobierno de la Ciudad puede ordenar el pintado de cordones, mediante el dictado del acto administrativo correspondiente. El pintado de los mismos sin esa autorización constituye una infracción sancionada de acuerdo al Régimen de Faltas de la Ciudad, sin perjuicio de la asunción de los costos que demande su remoción por parte o a costa del infractor o de quien deba responder por él”, determina la nueva ley.

Y también establece que “cuando no lo hubieran denunciado fehacientemente con anterioridad a la imputación de esa falta, el o los propietarios de la parcela frentista son solidariamente responsables con el infractor por la adulteración de las condiciones del segmento de cordón que abarca hasta el ancho de la misma.”

En los fundamentos esgrimidos por la Comisión legislativa se subrayó que la abundancia de cordones pintados de amarillo que se evidencia en la ciudad trae como consecuencia disvaliosa el menosprecio del significado de las señales del tránsito y la afectación del principio de legalidad que acompaña a toda aplicación del derecho. Por ello hace que el usuario de la vía pública no pueda atribuirle al cordón amarillo el significado prohibitivo de estacionamiento que la ley le concede a esa señal, por desconocer su legitimidad ante semejante adulteración. La modificación al Código es autoría del presidente de la Comisión de Tránsito y Transporte, diputado Claudio Palmeyro (SP), obtuvo despacho y fue sancionada este jueves con 49 votos. 
COMENTARIOS
síganos en Facebook