Con un cambio en el Reglamento interno, la Legislatura porteña estableció que primero se tratarán temas de orden legislativo que involucran a los ciudadanos y que luego se establece un período de Manifestaciones en el que los legisladores dispondrán de hasta tres minutos cada uno para expresarse sobre diversas cuestiones.
También se estableció un nuevo ordemaniento para el tratamiento de los temas en el Recinto y se explicitó que ningún proyecto de ley puede ser sometido a votación sin ser discutido en la sesión, sin perjuicio de que cada legisldor decida hacer uso de la palabra.
Las Manifestaciones, al final de las mociones Sobre Tablas
Se aprobó un nuevo texto que dice: "Artículo 244º.- Período de manifestaciones. Los Diputados/as pueden hacer uso de la palabra por una vez, a efectos de realizar las manifestaciones o pedidos que no encierren ninguna resolución ni necesiten sanción de la Legislatura, durante un tiempo que no exceda los tres (3) minutos. Durante este período no se admiten interrupciones".
La autora del proyecto, Diputada Gabriela Cerruti, argumentó "la finalidad de otorgar mayor agilidad a las sesiones legislativas y un tratamiento más intensivo a los temas de orden legislativo". Hasta el momento, los legisladores pueden hacer uso de la palabra por una vez antes de empezar a tratar los temas previstos en el Plan de Labor. Con la modificación aprobada el Cuerpo se abocará a la discusión y tratamiento de la normativa acordada en Labor Parlamentaria en primer término, es decir, todos aquellos asuntos que tienen consecuencias legales y que aprobados van a ser obligatorios para el conjunto de la ciudadanía. Se reserva el espacio de las Manifestaciones para un momento posterior.
Mediante una modificación al artículo 246º del Reglamento Interno referido al orden de los asuntos en las Sesiones la Legislatura Porteña, en adelante se abocará al tratamiento de los siguientes temas decididos en la Comisión de Labor Parlamentaria, y en el orden que se establece a continuación, o el que disponga el Plan de Labor:
1. Los pedidos de preferencia.
2. Los despachos acordados para su tratamiento en conjunto.
3. Las tablas acordadas para su tratamiento sin discursos.
4. Los acuerdos y designaciones que requieran la intervención de la Legislatura.
5. Los despachos sobre aprobación o rechazo de convenios interjurisdiccionales.
6. Las preferencias con despacho, en su orden.
7. Las tablas acordadas para su tratamiento con discursos.
8. Los proyectos para los que se hubiese solicitado tratamiento sobre tablas que no hubiese sido acordado en la Comisión de Labor Parlamentaria.
9. Período de manifestaciones conforme art. 244.
10. Los despachos de las Comisiones que hayan de tratarse en forma individual, en el orden de su numeración o el que Labor Parlamentaria hubiese dispuesto.
En ningún caso puede iniciarse la consideración de un proyecto si no ha finalizado el tratamiento del que le precede.
Además, "ningún proyecto de ley puede ser sometido a votación sin ser discutido en la sesión, sin perjuicio de que cada Diputado o Diputada decida hacer uso de la palabra", según la modificación introducida por la Diputada María Rachid tras la aceptación del presidente de la Junta competente, Diputado Daniel Lipovetzky.