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PROYECTO DE RESOLUCIÓN - Informes relacionados con los casos de coronavirus detectados en el " parador Villa Olímpica" de la ciudad.

 Autor: Santiago Roberto

15.05.2020 08:43 |  Noticias DiaxDia  | 

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos correspondientes, dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos relacionados a los casos de coronavirus detectados en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a saber:

a) Informe si en el Barrio de Villa Soldati, Comuna 8, en las intersecciones de la Av. Escalada y la Av. Roca funciona el Parador conocido como “Parador Villa Olímpica”. De ser afirmativa la respuesta, indique desde qué fecha se encuentra en funcionamiento el mismo.
b) Informe los días y horarios de atención. En el mismo sentido, informe ¿qué tipo de servicio ofrecen en dicho “Parador”?
c) Detalle si el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires realizó un convenio con alguna Organización No Gubernamental (Ong), en caso afirmativo, remita a éste cuerpo orgánico copia del convenio.
d) Informe, detalladamente, si el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha aceptado la colaboración de algún grupo religioso de cualquier credo, de forma voluntaria, para la atención de las personas en el “Parador de Villa Olímpica”.
e) ¿Cuál es la dotación del personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que allí se desempeña? ¿ Qué oficio/s o profesión/es tienen cada una de las personas?
f) Informe detalladamente si los voluntarios que participan de la contención de las personas que utilizan el “Parador Villa Olímpica” han recibido algún curso de capacitación. En caso afirmativo, indique ¿donde, quien lo impartió y cuándo se realizó? A su vez, remita copias de la curricula, junto con los contenidos a este cuerpo legislativo.
g) Informe detalladamente si junto con los voluntarios hay un equipo interdisciplinario de apoyo compuesto por profesionales asistentes sociales, psicólogos, psiquiatras, especialistas en consumos de sustancias problemáticas y de personas en situación de calle. En caso afirmativo, indique la cantidad de recursos humanos, los horarios, turnos, protocolo de atención y envíe copia del mismo a este cuerpo legislativo.
h) Indique, segmentado por semana desde su inicio de atención, la cantidad de personas que son atendidas en dicho “Parador de Villa Olímpica”. Asimismo, informe cómo está conformado a modo de ejemplo: xx hombres, xx mujeres, xx menores de 18 años, xx de 20 a 30 años, etc. En el mismo sentido, informe dónde habitualmente residen las personas, entendiéndose por “residir” a la localidad y no a una casa ó habitación, calle y numeración.
i) Informe el protocolo a seguir al ingreso del personal voluntario y de las personas que son atendidas en el “Parador Villa Olímpica”. Remita copia del instructivo a este cuerpo legislativo. Indique nombre, apellido, cargo, función de la persona encargada de realizar el diseño y logística del lugar.
j) Indique si el “Parador de Villa Olímpica” tiene personal médico para reforzar la situación sanitaria del lugar. En caso afirmativo, indique ¿cuántos recursos humanos profesionales hay, los turnos, horarios, días y funciones que tienen asignadas?
k) Informe detalladamente cuáles son las funciones del personal que participa del “Voluntariado” en el “Parador de Villa Olímpica”. Además, indique cuál es la cantidad de voluntarios que participan diariamente. Si están censados. Si se les otorga equipamiento de protección personal. Si les otorgan viáticos para desplazarse hasta el lugar. En caso afirmativo, indique el monto, cantidad de personas que lo perciben y con qué frecuencia se lo otorgan.
l) Informe detalladamente si se realizan testeos de COVID 19 diarios al personal involucrado en el “Parador Villa Olímpica”, entendiéndose no sólo a los profesionales, voluntarios, sino también a las personas que acuden para dormir ó alimentarse.
m) Indique cuántos casos de COVID 19 positivos han tenido desde el comienzo de su funcionamiento hasta la fecha de recibido el presente pedido de informes. Detalle segmentado por semana, género, edad y ubicación de residencia.
n) Informe si entre los servicios que ofrecen en el “Parador Villa Olímpica” están el de alimentación, camas para pasar la noche, baños para higienizarse, ropa para cambiarse y medicamentos para quienes lo necesiten. En caso afirmativo, indique cuántas raciones por día hay de desayuno, almuerzo, merienda, cena y envíe copia del menú diario que se ofrece. En el mismo criterio, indique la cantidad de camas disponibles para dormir, si tienen ropa de cama como frazadas y sábanas. Indique cuántos baños hay en el lugar. Como están acondicionados. Remita fotos del lugar, camas, baños, instalaciones, menúes.
o) Informe si el “Parador de Villa Olímpica” tiene accesos libres de conectividad y de telefonía fija para los asistentes.
p) Informe detalladamente en los casos de COVID 19 positivo cómo operó el personal del “Parador de Villa Olímpica”. ¿Cómo fueron atendidos, donde fueron trasladados, si se lleva registros de las personas que ingresan y salen del lugar? Remita copia del libro de ingreso/egresos y/o planillas que son utilizadas diariamente.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.




FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:


Hemos tomado conocimiento del funcionamiento del llamado “Parador de Villa Olímpica” ubicado en el barrio de Villa Soldati, Comuna 8 en las intersecciones de las Avenidas Escalada y Roca.
En ese sentido, nos informan sobre las carencias de insumos y de protección a quienes asisten al lugar como voluntarios y como personas que necesitan alimentarse, bañarse, cambiarse de ropas, en definitiva, personas que necesitan contención social.
Además, nos informan de casos positivos de COVID 19 que fueron trasladados a distintos efectores sanitarios por la falta de control en el distanciamiento social impuesto, además de la falta de equipamiento y recursos humanos.
Según el último censo popular realizado en el año 2019, existen 7251 personas en situación de calle, sumado a los 200 mil habitantes que tiene la Comuna 8, la más pobre por ingreso/habitante y la más postergada en infraestructura en relación a las Comunas del norte de la CABA, surge la situación de extrema pobreza que atraviesa a los ciudadanos del sur de nuestra Ciudad.
Los Derechos de las Personas en situación de calle están contemplados, no sólo en nuestra Carta Magna, sino también en nuestra Constitución de la Ciudad y específicamente en la Ley 3706 de Protección y Garantía Integral de los Derechos de Las Personas en Situación de Calle y Riesgo a la Situación de Calle.
Que, este cuerpo ha aprobado los Decretos de Necesidad y Urgencia para hacer frente a la “Emergencia Sanitaria” emitida el pasado 16 de marzo y hasta el 15 de junio de 2020.
Que, ya es de público conocimiento que los “Paradores” para las personas son precarios, no contemplan al grupo familiar y tienen muy poca atención sanitaria.
Que, estamos ante una situación sanitaria crítica que en la cual, este cuerpo legislativo ha acompañado las necesidades del ejecutivo para lograr el objetivo de fortalecer el sistema de salud de la Ciudad.
Que, a pesar de ello, sigue existiendo una marcada discriminación en la infraestructura de las Comunas del Sur, más precisamente, la Comuna 8, en relación a las Comunas del Centro y Norte de la Ciudad.
Por todo ello solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.



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