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La AFIP determinó el valor imponible para la exportación de gas

 La AFIP determinó el valor imponible de las destinaciones de exportación para consumo de gas natural, en el marco del Programa Energía Total, a través de una Resolución General publicada en el Boletín Oficial.

09.08.2013 09:45 |  Noticias DiaxDia  | 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), por Resolución General 3517 publicada  en el Boletín Oficial, determinó el valor imponible de las destinaciones de exportación para consumo de gas natural, en el marco del Programa Energía Total.
Los precios del gas natural a considerar por la AFIP como base de valoración de las destinaciones de exportación para consumo, son las oficializadas entre el 8 de abril de 2013 y el 18 de mayo de 2013, ambas fechas inclusive, en el marco del Programa de Energía Total.
Aclara que los precios indicados en el Anexo de la medida no contienen los importes correspondientes a los tributos que gravan la exportación para consumo.
Agrega además que hasta tanto se implemente en el Sistema Informático María (SIM) la liquidación automática aplicable a este tipo de operaciones se utilizará la autoliquidación LM-GAS  (Exportación a Consumo de Gas Natural en los términos de la resolución MEyP Nº 534/06).
Precisa que la Dirección General de Aduanas y la Dirección de Fiscalización de Exportación, según corresponda, fiscalizarán en forma prioritaria las destinaciones de exportación de gas natural oficializadas entre el 8 de abril de 2013 y el 18 de mayo de 2013, ambas fechas inclusive, aplicando las pautas contenidas en esta Resolución General, que lleva la firma del titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.
En los considerandos menciona las normas por las cuales se instruyó a la Dirección General de Aduanas dependiente de la AFIP para que aplique, como base de valoración de las exportaciones de gas natural, el precio más alto establecido para esta mercadería en los contratos de importación de gas natural a la Argentina.
A su vez, -agrega- estableció que dicho precio no contiene los importes correspondientes a los tributos que gravan la exportación para consumo y que será informado periódicamente por la Subsecretaría de Combustibles de la Secretaría de Energía del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
En cumplimiento de ello –agrega-, para cada período se establecieron los lineamientos específicos para la determinación del valor imponible en las operaciones de exportación de gas natural.
Cita luego que la Dirección Nacional de Economía de los Hidrocarburos, dependiente de la Secretaría de Energía del Ministerio de Planificación Federal,  mediante Nota Nº 142 del 3 de junio de 2013, a partir de la información adicional suministrada por la firma Energía Argentina S.A. (ENARSA), comunicó los precios del gas natural importado vigentes para el período comprendido entre el 8 de abril de 2013 y el 18 de mayo de 2013, ambas fechas inclusive.
Adicionalmente dicha Dirección informó que estos precios han sido establecidos en el marco del Programa de Energía Total.
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