“Nos proponemos rescatar y otorgar la jerarquía que, dentro de la literatura, los autores de historieta ya alcanzaron. La historia argentina muestra que hay grandes exponentes que gracias al dibujo o el guión han colaborado con nuestra riqueza cultural”, señaló Martello.
El texto redactado por Martello se circunscribe a quienes continúan con las tareas creativas y no cuentan con ingresos fijos. Por eso establece que el beneficio acordado no podrá concederse cuando el escritor y/o ilustrador tenga un ingreso o goce de cualquier tipo de subsidio, premio literario, jubilación, pensión graciable o retiro civil o militar, ya sea nacional, provincial o municipal.
El proyecto del diputado de la Coalición Cívica también estipula que podrán acceder al monto los historietistas que, poseyendo una actividad pública y cualquiera fuere su edad, se encuentren afectados por una incapacidad física o mental permanente e irreversible. Un comité de expertos, con representantes del ámbito académico y artístico, decidirá la inclusión de los solicitantes al régimen. Primero se abrirá una instancia de inscripción y, al menos uno de los beneficiarios, debe ser a propuesta de las entidades representativas de escritores y dibujantes, siempre que no recaiga una doble propuesta sobre la misma persona.
Quien pretenda acceder al beneficio deberá ser natural o tener residencia permanente en la provincia de Buenos Aires con una antigüedad no inferior a 15 años y 60 años de edad. Además tendrá que acreditar una trayectoria pública constante en la creación literaria no inferior a 10 años o haber publicado cinco libros debidamente registrados como mínimo en los géneros de literatura, poesía, ensayo o teatro, los cuales deberán haber sido escritos en lengua castellana o cualquiera de las lenguas originarias.