El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos fijó el 20 de septiembre como fecha de vencimiento de la tasa anual que pagan las sociedades accionarias y las de Garantía Recíproca, a través de la Resolución Nº 1385/13.
Señaló que la IGJ establece que la única vía para obtener la boleta de la tasa anual es a través de la página web del organismo (www.jus.gob.ar/igj).
Además, la cartera de Justicia señaló que "el monto de la tasa está en relación a la sumatoria del capital social de los estatutos y de la cuenta ajuste de capital resultante de sus estados contables (Decisión Administrativa Nº 46/01)".
"Es importante que las sociedades cumplan con la presentación previa de los balances, para evitar tasas con montos superiores a los correspondientes", remarcó el organismo dependiente del Ministerio de Justicia.
Explico además que "dada la gran cantidad de presentaciones que se efectúan en los días previos al vencimiento de la tasa y con el fin garantizar una ordenada atención al público", se está implementando "un operativo especial para la recepción de balances de sociedades comerciales, mediante la solicitud de turno previo, a través de su página web".
Por último, el organismo remarcó que "las sociedades que pagaron la tasa de constitución en 2013 quedan excluidas de la obligación de pagar la tasa anual".