La Comisión de Garantías es la comisión independiente prevista en el artículo 24 de la Ley Nº 25.877 para intervenir en los conflictos colectivos que afectan actividades y/o servicios que al declararse una huelga podrían, excepcionalmente y en casos concretos, ser considerados como esenciales.
La Ley considera como esenciales exclusivamente a 5 actividades: 1) los servicios sanitarios y hospitalarios, 2) la producción y distribución de agua potable, 3) la producción y distribución de energía eléctrica, 4) la producción y distribución de gas y 5) el control del tráfico aéreo.
A su vez, por las características de un servicio público trascendental o si, por la duración y extensión de la medida de acción directa, se pusiera en riesgo la vida, la salud o la seguridad de la población, la Comisión de Garantías puede calificar como esenciales a otras actividades o servicios no enumerados por la ley.
La Comisión se constituyó formalmente el 30 de marzo de 2010 en una reunión celebrada en el Ministerio de Trabajo de la Nación, y el 13 de mayo de 2010 aprobó su reglamento interno de funcionamiento y eligió sus autoridades hasta el 29 de septiembre de ese año.
Está integrada por 10 miembros (5 titulares y 5 alternos) designados por el Poder Ejecutivo Nacional, dos en forma directa y el resto a partir de las ternas de candidatos propuestos por la Unión Industrial Argentina (UIA), la Federación Argentina de Colegios de Abogados, el Consejo Interuniversitario Nacional, la Central de Trabajadores Argentinos (CTA) y la Confederación General del Trabajo (CGT).
Asumieron su cargo Marta Hebe Pujadas como titular y Alejandro Raúl Ferrari como alterno. Las demás autoridades renovaron su cargo y son las siguientes: Gabriel Binstein (titular), y Felipe Agustín Gónzalez Arzac, (alterno); Horacio Martínez (titular) y Carlos Francisco Echezarreta (alterno); Ricardo Alberto Muñoz (titular), y Marcelo Ignacio Ferrer Vera (alterno) Las designaciones se realizaron a través del Decreto Nº 1092/13.