legislatura |
Maria Rachid: Estuvimos en las 1° Jornadas Itinerantes CANNAMED 2014
18.04.2014 11:12 |
Noticias DiaxDia |
EXPOSICIÓN
Argentina es uno de los países de la región con mayor influencia del prohibicionismo en su política de drogas, conservándose hoy en día: 1) la penalización de la tenencia para consumo personal y del autocultivo -entre otras conductas-, 2) una indudable selectividad penal de usuarios/as y eslabones más vulnerados de la cadena de tráfico (las mal llamadas "mulas" por ej.), y 3) medidas sanitarias compulsivas (tratamientos contra la voluntad) de las personas con usos problemáticos o adicción, entre otras imposiciones legales.
El reforzamiento de la ideología prohibicionista, puede que se lo debamos a la larga pesadilla neoliberal padecida durante la década de los `90 y a las "relaciones carnales" mantenidas por nuestro ex presidente Menem con el régimen internacional impuesto por la potencia del norte. Ello se condice con que la actual ley de drogas, haya sido una de las primeras que se aprobó al inicio de su mandato en 1989.
Tan determinante ha sido dicha influencia e imposición que, a pesar de los reiterados argumentos esgrimidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación desde hace 28 años (Fallo "Bazterrica" -1986-), y recordadas hace 5 años (Fallo "Arriola" -2009-) declarando sucesivamente la inconstitucionalidad del delito de tenencia para consumo personal, aún no se ha avanzado consecuentemente en sede legislativa con una norma despenalizadora que impida la violencia institucional, persecución, extorsión, discriminación y criminalización selectiva de los/as usuarios/as mediante dicha figura.
En dicho contexto hemos presentado un proyecto que consideramos superador de las iniciativas vigentes, elaborado por la Mesa Nacional por la Igualdad, la Agrupación Agricultores Cannábicos Argentinos (AACA), y presentado como "proyecto particular" en mayo de 2012, y hoy con estado parlamentario por la presentación de la Diputada Nacional Araceli Ferreyra del Fpv.
El proyecto contempla una reforma integral de la actual "Ley de Drogas" Nº 23.737, que además de despenalizar la tenencia de sustancias prohibidas y el autocultivo de cannabis, reforma otras figuras penales a fin de evitar la constante violencia institucional y las situaciones de abuso de las que suelen ser víctimas los/as usuarios/as (derogación de consumo ostentoso, descriminalización de "mulas", derogación del agente encubierto con actual impunidad delictiva, derogación de los tratamientos compulsivos de salud y/o educación, propuesta de reducción de daños y vulnerabilidad de usuarios/as, etc.).
Así también, se distingue de otros proyectos en cuanto el trato diferenciado que da al cannabis. Propone así la legalización y regulación de la sustancia en todos sus usos 2 altamente reconocidos (recreativo, medicinal, alimenticio e industrial), retirando a dicha sustancia del listado de sustancias prohibidas. La premisa que guía el proyecto es que, al no poder "regular lo prohibido", se debe proceder a la legalización seguida consecuentemente de una regulación complementaria (como en los casos del alcohol y del tabaco, por ejemplo, que son sustancias legales pero reguladas ). Entiende así que la legalización y la regulación no son términos antagónicos, sino más bien complementarios y sucesivos, apartándose de una falsa dicotomía que no ayuda al proceso. A tal entender, propone hablar de legalización controlada o regulada a fin de englobar ambos supuestos.
Cabe destacar que en dicho contexto, junio de 2012, aún ni se consideraba la posibilidad real de que Uruguay legalizara y regulara el cannabis, dando un ejemplo de coherencia a la comunidad internacional, y menos aún se suponían posibles otras experiencias en el seno del país promotor del prohibicionismo, como ser los Estados de Washington y Colorado. Por lo cual, la iniciativa local era jocosamente recibida por quienes entendían que no se podía avanzar más allá de la mera despenalización de ciertas conductas relacionadas al consumo, considerando a la legalización como un "suicidio internacional" conforme el decir de ciertos especialistas, mediante citas anacrónicas de instrumentos internacionales con 50 años de antigüedad promedio, los cuales no se ajustan a la supremacía constitucional del derecho internacional de los derechos humanos en nuestro país y varios países de la región y el mundo.
El proyecto tiende a su vez a beneficiar al conjunto de la población, mediante la separación de mercados de sustancias, campañas de información desprovistas de prejuicios, estrategias sociosanitarias de reducción de daños y prevención de adicciones, y la apropiación de los ingresos que el narcotráfico actualmente monopoliza, para ser utilizados en tales campañas y programas basados en una nueva legislación respetuosa de los derechos humanos.
A su vez, una de las principales preocupaciones consideradas para elaborar el proyecto, fue la redacción de una norma clara con respecto a la despenalización de la tenencia de sustancias prohibidas, que impida la actual inversión de la carga de la prueba mediante la cual los/as usuarios/as constantemente deben probar su inocencia y/o "consumo personal" ante los estrados judiciales y frente al selectivo accionar de las fuerzas de seguridad.
Considera así que sin una norma clara al respecto, la cual impida la discrecionalidad policial y judicial, se teme que se genere una despenalización nominal sin lograr cambios sensibles respecto a la actual situación de persecución penal que considera a los consumidores/as parte de la cadena de tráfico, criminalizándolos selectiva, exclusiva y mayoritariamente en comparación a la escasa cantidad de causas relacionadas con el narcotráfico.
De tal forma, la iniciativa entiende que hay que desinvertir ésta carga probatoria, y que las agencias de seguridad y la justicia penal, con todas las atribuciones que le son propias (tareas de inteligencia, etc.), tienen la posibilidad y el deber de obtener "pruebas complementarias y suficientes" que indiquen que la posesión de estupefacientes será destinada a la venta o a la comisión de otros delitos; no pudiendo las fuerzas de seguridad proceder a la demora, aprehensión o detención de una persona, ni abrirse causas penales por la mera tenencia.
Se estima que la existencia de normas actuales o propuestas que contengan formulaciones abstractas como ser "por su escasa cantidad ", o "demás circunstancias del hecho" , "salvo para uso personal" , etc., permiten y permitirán una persecución y discrecionalidad policial incompatible con nuestra democracia, alentando casos de violencia institucional, extorsión policial y criminalización selectiva de los/as más vulnerados/as.
Finalmente, sin poder abarcar la totalidad de la propuesta en la presente exposición, con la finalidad de promover la salud integral de consumidores/as de todas las sustancias - legales e ilegales- y de la sociedad en general, se incorporó al proyecto políticas de reducción de la vulnerabilidad de los/as usuarios/as y de los daños asociados al consumo. Ello a su vez se complementa con la creación de un "Programa Nacional de Atención Integral para Usuarios y Usuarias de Sustancias Psicoactivas" , de acuerdo a estándares nacionales e internacionales de calidad y respeto a los derechos humanos.
Actualmente dicha iniciativa es única en su pretensión de reformar íntegramente la actual ley y política de drogas, mediante supuestos de despenalización, legalización, regulación, prevención, educación, y reducción de daños y vulnerabilidad de los/as usuarios/as. Como toda propuesta ambiciosa, puede que sea perfectible y debatible en sus formulaciones, pero constituye sin duda un arduo trabajo de comprensión global del fenómeno e invitación consecuente de adaptación de la actual política de drogas al paradigma de los derechos humanos.
El debate pendiente se encuentra hoy ante un escenario posible, en un contexto global de avance de medidas acordes y en un contexto local en el cual se ha demostrado coraje y decisión política para avanzar en materia de reconocimiento de los derechos de los grupos vulnerados, o sea, los/as excluidos/as de siempre (comunidad LGBTI, migrantes, adultos/as mayores, niños/as y adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, etc.).
Amparo Uso Medicinal:
Por otra parte desde la Mesa Nacional por la Igualdad y AACA, nos encontramos patrocinando el amparo por uso medicinal de cannabis del compañero Alejandro Cibotti. Causa sobre la cual la agrupación amiga, AREC, ha presentado un Amicus Curiae reforzando en términos médicos-científicos, lo sostenido en nuestra demanda. Cabe destacar también que diversos expertos internacionales han enviado formalmente sus adhesiones al amparo y sus fundamentos, como ser, entre otrxs:
- El Dr. José Carlos Bouso de España: Licenciado en Psicología, Doctor en Farmacología, Toxicología y Terapéutica, en su carácter de Director de Proyectos Científicos de la Fundación ICEERS.
- El Dr. Sergio Sánchez Bustos, de Chile: Médico cirujano. Magister en Salud Pública. Doctor en Ciencias Sociosanitarias. Asesor en políticas de drogas del Colegio Médico de Chile.
- El Lic. Aram Barra de México: Director de Programa de Política de Drogas de Espolea.
- Asociación de Pensamiento Penal.
En la acción judicial solicitamos la declaración de inconstitucionalidad de las normas que incluyen al cannabis en el listado de sustancias prohibidas, y la consecuente represión de la tenencia y el autocultivo mediante la Ley Nº 23.737. A su vez, se denunció allí que la denegación de la prescripción y suministro de cannabis para uso medicinal por parte de los efectores públicos de salud dependientes del Gobierno de la Ciudad, constituye un obstáculo al ejercicio del derecho a la salud integral.
Luego de una dura batalla judicial, en la que tuvimos que apelar y lograr revertir la solicitud del rechazo de nuestra demanda, hemos logrado que se tome declaración testimonial, entre otrxs, a su médica tratante del dolor, Teresa Franco -del Hospital Tornú-, quien ha ratificando el mejoramiento de Alejandro desde que consume cannabis; y al Licenciado Pablo Ascolani, quien tuvo la oportunidad de profundizar lo aportado en el Amicus presentado por su agrupación, AREC.
Actualmente estamos aguardando la sentencia del Dr. Scheibler, del fuero contencioso administrativo de la Ciudad, mediante la cual aspiramos a que declare la inconstitucionalidad de las normas en que se ampara el Gobierno de la Ciudad para denegar la prescripción y provisión de cannabis para uso medicinal del compañero, o para penalizar su autocultivo.
Creemos firmemente que uno de los estándares de derechos humanos más importantes, es el derecho a la salud integral, conforme la definición brindada por la Organización Mundial de la Salud. Por lo cual, consideramos inconstitucional y violatorio de este derecho humano, impedir no sólo a Alejandro, sino a todas las personas que benefician su salud con el uso medicinal de cannabis, el acceso a una sustancia que les permita mejorar su calidad de vida de manera libre y autónoma.
Tenemos que entender que las leyes deben irse adaptando a las necesidades y a los cambios que las sociedades precisan en cada época. Penalizar el uso terapéutico de cannabis, el autocultivo y su tenencia, es una grave conducta discriminatoria hacia sus usuarios/as que tiende a estigmatizarlos/as y apartarlos/as del acceso a su salud integral. Legalizar el cannabis es mucho más que una cuestión jurídica, es una cuestión de derechos humanos; una cuestión humanitaria, y la única forma de luchar contra las adicciones y el narcotráfico.