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 | MINISTERIO DEL INTERIOR

Pagarán $600 a la autoridad de mesa en los comicios

 Se fijó un viático de $500 a la autoridad de mesa de las primarias y las elecciones nacionales a realizarse este año, $600 si se capacitan, $1200 si son delegados designados por la Justicia Nacional Electoral. Se pagará la mitad si solo participan de una de las dos elecciones.

03.05.2013 06:00 |  Noticias DiaxDia  | 

El Ministerio del Interior y Transporte, por Resolución Nº 244/2013 publicada  en el Boletín Oficial,  fijó en la suma de $ 500 en concepto de viático para cada ciudadano que cumpla funciones como autoridad de mesa en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO), y en las elecciones nacionales a realizarse este año, y que no hayan previamente participado de las actividades de capacitación reconocidas por la Justicia Nacional Electoral.
Además se fija en la suma de $ 600 en concepto de viático para cada ciudadano que cumplan funciones de autoridad de mesa en las PASO y en las elecciones nacionales y que hayan participado de las actividades de capacitación reconocidas por la Justicia Nacional Electoral, en forma previa a cada una de esas elecciones.
Asimismo se fija en la suma de $ 1.200 en concepto de viático para cada ciudadano que cumpla funciones como delegados en los locales de votación designados por la Justicia Nacional Electoral, en ocasión de las PASO y en las elecciones nacionales.
Aclara que si por alguna razón un ciudadano que se desempeñó como autoridad de mesa o como delegado en los locales de votación en las elecciones PASO, no pudiera ejercer tales funciones en las elecciones nacionales se le abonará la mitad de la suma que le corresponda. A quienes desempeñen tal función en las elecciones nacionales únicamente se les abonará la mitad de los montos consignados.
La Justicia Nacional Electoral verificará el cumplimiento de las funciones establecidas en el Código Nacional Electoral y las condiciones establecidas (Acordadas Nº 86/2011 y Acordada Extraordinaria Nº 18/2013 de la Excma. Cámara Nacional Electoral) e informará a la Dirección Nacional Electoral la nómina de personas con derecho a percibir las compensaciones establecidas.
Se faculta a la Dirección Nacional Electoral a liquidar las sumas indicadas a los ciudadanos con derecho a las mismas. Dicha Dirección podrá optar por la utilización de los servicios financieros del Correo Oficial de la República Argentina S.A. o por la transferencia de las sumas correspondientes a las Secretarías Electorales a los fines del efectivo pago de los viáticos liquidados.
Los ciudadanos con derecho a percibir los viáticos liquidados en su favor deberán concurrir al lugar y en la forma que oportunamente se indiquen con documento nacional de identidad. Pasados 24 meses de la fecha de la elección nacional, prescribirá su derecho a la percepción de los mismos.
Se determina en $ 131.400.000 la inversión a realizar para el cumplimiento de esta norma, que lleva la firma del ministro del Interior y Transporte, Florencio Randazzo.
En los considerandos recuerda que durante el corriente año se llevarán adelante las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) y las elecciones nacionales. Precisa que el  artículo 39 de la Ley Nº 26.571 establece que “los lugares de ubicación de las mesas de votación y las autoridades de las mismas deberán ser coincidentes para las elecciones primarias y las elecciones generales que se desarrollen en el mismo año, salvo modificaciones imprescindibles.”
En tanto el artículo 72 del Código Electoral Nacional, establece que este Ministerio, fijará el valor de la suma fija que en concepto de viático se abonará a aquellos ciudadanos que se desempeñen como autoridad de mesa en los comicios a realizarse durante el presente año.
Asimismo de acuerdo al artículo 75 bis del Código Electoral Nacional, la Justicia Nacional Electoral organizará un registro de postulantes voluntarios para desempeñar estas tareas y desarrollará actividades de capacitación presenciales o virtuales con la colaboración de la Dirección Nacional Electoral.
Pone de relieve que resulta conveniente estimular la participación en actividades de capacitación por parte de los ciudadanos que resulten designados para actuar como autoridades de mesa, mediante la asignación de una compensación adicional a los efectos de propender a la mejora del desenvolvimiento de los comicios.
Sostiene luego que a tal fin, corresponde reconocer económicamente a los ciudadanos que, habiendo efectivamente actuado como autoridades de mesa, hayan previamente asistido a los cursos de capacitación.
Menciona además que la Acordada Extraordinaria Nº 18/2013 de la Cámara Nacional Electoral estableció como condición para el pago de las compensaciones la verificación acerca de la devolución de los padrones especiales de mesa por parte de quienes se hayan desempeñado como autoridades de mesa.
Por otra parte, en caso que los Juzgados Federales con Competencia Electoral y, en su caso, las Juntas Electorales Nacionales decidan designar encargados de local en los términos de la Acordada Nº 86/2011 corresponde asignarles una compensación económica.
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