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 |  MINISTERIO DE ECONOMÍA

Vence el plazo para recategorizar el monotributo

 La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recuerda a los contribuyentes inscriptos dentro del Régimen Simplificado (monotributo) que  vence el plazo para la segunda recategorización anual.

20.05.2013 09:40 |  Noticias DiaxDia  | 

 Quienes deban regularizar su situación podrán hacerlo en la página web www.afip.gob.ar..
En un comunicado, la AFIP informó que quedan obligados a efectuar el trámite aquellos monotributistas que hayan sufrido modificaciones en sus ingresos o en alguno de los otros parámetros a tener en cuenta al momento de la categorización como: los ingresos brutos devengados y la energía eléctrica -consumida en los doce meses inmediatos anteriores-, los alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad hasta el último día del cuatrimestre (30/4/2013).
 
El contribuyente estará correctamente categorizado cuando se encuadre en la categoría que corresponda al mayor valor de sus parámetros: ingresos brutos, magnitudes físicas o alquileres devengados.
 
Asimismo, si no ha transcurrido un cuatrimestre calendario completo desde el mes de inicio de actividad, inclusive, hasta la fecha de recategorización, no están obligados a cumplir con la recategorización.
 
El trámite se realiza a través de la página web utilizando su clave fiscal ingresando al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario / Monotributo / Recategorización”.
 
En tanto, los contribuyentes que no hayan tenido modificaciones pueden permanecer en la misma categoría abonando el importe que corresponda a la misma.
 
Las obligaciones de pago resultantes de la nueva categorización deberán abonarse a partir del mes siguiente al cambio.
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