La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso y la comercialización de un jabón líquido y de paños para la higiene personal, fabricados por Laboratorios Doplas Argentina S.A. El organismo clausuró el establecimiento.
A través de la Disposición Nº 3311/2013, publicada en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso y la comercialización de un jabón líquido y de paños para la higiene personal, producidos por Laboratorios Doplas Argentina S.A. El establecimiento fue clausurado preventivamente por el organismo.
Los productos prohibidos están rotulados como: “Jabón Líquido Cosmético Soft Hand Manzana Cont. Neto 5 litros - lote P928 Vto. 07/07/13-Legajo N°2676. RESOL MS N°155/98”; “Jabón Líquido Cosmético Soft Hand Cont. Neto 5 litros - Legajo Nº 2676. RESOL MS Nº 155/98” y “Van Der Vee- Paño para la higiene corporal con solución de Clorhexidina 2%- Legajo 2676- Res. MS 155/98- Maestro Baldini 1961- Caseros- Bs.As.- Ind. Argentina-127/10 Vto. 5/2013”.
En la disposición, firmada por el subinterventor de la Anmat Otto Orsingher, también se informa la clausura preventiva de la firma Laboratorios Doplas Argentina S.A, situado en calle Indalecio Gómez 4040, Villa Lynch, Partido de San Martín, Provincia de Buenos Aires.
Además, los responsables del establecimiento deberán efectuar el recupero de los productos prohibidos y se les instruirá un sumario sanitario.
En los considerandos se explica que el Instituto Nacional de Medicamentos recibió una denuncia sobre sospecha de legitimidad de los productos publicados en la página web www.aromasyesencias.com.ar. El organismo constató la existencia de la publicidad de determinados productos listados en la Línea Hogar, entre los que figura “jabón de manos”.
La firma se encuentra habilitada ante la Anmat como “Elaborador y Fraccionador de Productos de Uso Doméstico”.
La empresa Aromas y Esencias manifestó ser revendedora de productos cosméticos exhibiendo copia del rótulo y de la primer foja de la inscripción del mismo según trámite de admisión Nº 7892/2008, en el cual figuran los siguientes datos: Jabón líquidovariedades Rosa Mosqueta, Marina, Manzana, Coco, Almendra, Cítrico, marca Soft Hand, titular Victor Simo, no constando en la documentación la hoja con los datos del elaborador.
Que se informa a la firma Aromas & Esencias S.A., que el legajo nº 2676 pertenece a la firma Doplas S.A. habilitado como: “Elaborador de Productos de Higiene Personal, Cosméticos y Perfumes bajo las formas líquidas y semisólidas”, con domicilio sito en la calle Maestra Baldini 1961 —Caseros—, Provincia de Buenos Aires.
Finalmente se indicó a la firma retirar de forma preventiva la publicación del producto y abstenerse de la comercialización.
Además, se inspeccionó la firma Doplas S.A., verificando que en el lugar funcionaba otra empresa, razón por la cual se dio de baja la habilitación otorgada oportunamente.
Durante un procedimiento se observó maquinaria productiva, tanto para elaborar como para envasar productos, así como también materias primas, material de envase y empaque, rótulos/etiquetas y producto terminando en stock. En las instalaciones presentaban vidrios rotos, algunos de ellos reemplazados por cartones, pisos con grietas y roturas y las condiciones de orden e higiene del lugar eran deficientes; y los sectores donde se emplazaban los equipos de elaboración y envasado no contaban con delimitación física completa.
En el sector destinado al envasado de productos, se emplazaban dos equipos de llenado manuales de un pico, uno de los cuales se encontró con restos de líquido en su interior y goteando a través de su pico, junto al cual se ubicaba un cuñete plástico conteniendo un granel color ámbar.
Sobre la mesada se observó la presencia de bolsas de polietileno abiertas conteniendo en su interior recortes de paño de tela embebidos en el líquido color ámbar, cuyo rótulo reza: “Van Der Vee-Paño para la higiene corporal con solución de Clorhexidina 2%”.
En esa oportunidad se le indicó al presidente de la firma Doplas cesar de manera inmediata cualquier tipo de actividad productiva relacionada con productos cosméticos, por no contar con las habilitaciones necesarias para ello y por no reunir las instalaciones las condiciones exigidas por la normativa vigente de Buenas Prácticas de Manufactura y Control.