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Proyecto-Creación del Museo Nacional de Arte Infantil y Juvenil

 Presentado por el Diputado nacional Roy Cortina. 
 

13.06.2013 09:57 |  Noticias DiaxDia  | 

Artículo 1º.- Objeto 
Créase el Museo Nacional de Arte Infantil y Juvenil con el objeto de preservarlo, divulgarlo e incentivar su producción, como parte integrante del patrimonio cultural de nuestra Nación. 
Artículo 2º.- Acciones 
A los efectos del cumplimiento de su objeto, el Museo Nacional de Arte Infantil y Juvenil desarrollará las siguientes acciones: 
Documentar, recopilar, seleccionar, sistematizar y exhibir obras de arte infanil y juvenil. 
Promover su difusión socio-educativa. 
Abordar las distintas disciplinas plásticas con criterios pedagógicos, comunicacionales y estéticos. 
Exponer una visión integral del arte que incluya su práctica amateur, laboral y profesional. 
Desarrollar investigaciones, estudios y construir nuevos conocimientos en torno a distintas problemáticas relacionadas con el arte infantil y juvenil. 
Convocar a participar en proyectos artísticos que expresen la riqueza simbólica del uso de materiales propios de cada región, a los servicios educativos y las organizaciones sociales de todo el país. 
Proponer la celebración de convenios y acuerdos. 
Artículo 3°.- Patrimonio 
El patrimonio del Museo se conformará a partir de la convocatoria anual a un concurso nacional de arte infantil y juvenil, del que participarán los niños, niñas, adolescentes y jóvenes que cursen estudios en los servicios educativos de gestión estatal, privada, cooperativa y social, de nivel inicial, primario y secundario, de todas las jurisdicciones del país. 
Los establecimientos educativos realizarán una primera selección de los trabajos presentados y un jurado integrado por personalidades destacadas del arte plástico nacional tendrá a su cargo la definición de las obras premiadas, que serán incorporadas y exhibidas en el Museo. 
El Museo también podrá articular acciones con distintas organizaciones sociales y recibir donaciones de producciones plásticas infantiles y juveniles. 
Artículo 4º.- Ámbito 
El Museo funcionará en el ámbito del Ministerio de Educación de la Nación que designará al Director/a a su cargo. 
A los fines del diseño y seguimiento de las acciones enumeradas en el artículo 2° de la presente, el Director/a del Museo convocará a personalidades destacas del arte plástico nacional. 
Artículo 5º.- Sede 
El Museo tendrá su sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Podrá abrir subsedes y desarrollar muestras itinerantes en las distintas Provincias. 
Artículo 6º.- Presupuesto 
Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes. 
 
 
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