El PEN aprobó la reglamentación del Régimen de Trabajo Agrario -Ley Nº 26.727- a través de los decretos 300/2013 y 301/2013 publicados en el Boletín Oficial, que instituyen al Renatea como organismo específico del trabajo agrario en materia de fiscalización, registración y seguridad social.
El decreto 300/2013 dispone que se sustituya las denominaciones Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (Renatre) por las denominaciones Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (Renatea), organismo en el cual asumió el año pasado como director General el Ingeniero Guillermo Martini.
En tanto que el decreto 301/2013 aprueba la reglamentación de la Ley Nº 26.727 y faculta al Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social para dictar las normas aclaratorias y complementarias para la aplicación de la Ley Nº 26.727 y del presente Decreto.
El principal objetivo del Renatea es la jerarquización de los trabajadores agrarios a través de una mejora progresiva y sostenible de las relaciones laborales del sector.
Para ello, entre las funciones y atribuciones principales del organismo se encuentran la de expedir la Libreta de Trabajo Agrario, otorgar la prestación económica por desempleo, las prestaciones médico-asistenciales, el Seguro por Servicios de Sepelio, fiscalizar el cumplimiento de la normativa laboral, la conformación de estadísticas y la capacitación de trabajadores y empleadores agrarios.